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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Jueves, 13 de marzo de 2014 Pág. 10860

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (39/2014).

Número de autos: ejecución de títulos judiciales 39/2014.

Demandante: Karen Almaro Elizade.

Demandado: Merca Eiras, S.L.

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 39/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Karen Almaro Elizare contra la empresa Merca Eiras, S.L. sobre 11.489,91 euros de principal, más 282,37 euros de intereses de mora, más 1.177,22 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, se ha dictado auto en fecha 20 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del auto:

«Parte dispositiva.

Dispongo: despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, Karen Almaro Elizade, frente a Merca Eiras, S.L., parte ejecutada, por importe de 11.489,91 euros de principal (7.141,18 € indemnización + 4.348,73 € de salarios de tramitación), más 282,37 euros de intereses de mora de 4.348,73 euros, más 1.177,22 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela abierta en el Banco Español de Crédito, cuenta número 00493569920005001274, debiendo indicar en el campo concepto «Recurso», seguido del código «30 Social-reposición». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el «código 30 Social-reposición». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma el/la magistrado/a juez/a. Doy fe.

El/la magistrado/a juez/a El/la secretario/a judicial»

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Merca Eiras, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2014

La secretaria judicial