De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que a continuación se relacionan los acuerdos de incoación por infracción de la normativa sobre transporte terrestre porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a la imposición de las sanciones que también se citan.
Se les informa que tienen derecho a alegar por escrito ante este Servicio de Movilidad lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas en el plazo de quince días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación de la presente cédula, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte del interesado y la terminación del procedimiento.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
A Coruña, 26 de febrero de 2014
César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Denunciado DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción denunciada Fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
XC-00340-O-2014 8382-HMM Guardia Civil 1504 I-54077-K |
Transportes Fran Vega, S.L. B24549412 Urb. Santa Águeda, 26 24750 La Bañeza León |
Disminución del descanso semanal normal. Igual o superior a 42 horas e inferior a 45 horas. 1.10.2013; 19.34; AP-9; 39,5 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
XC-00430-O-2014 3295-BDC Guardia Civil 1501 I-14478B |
J. García Sánchez 32419777N Antonio Ríos, 27, 1º C 15009 A Coruña |
La falta de consignación del lugar de comienzo o del final de utilización en una hoja de registro o documento de impresión de los tiempos de conducción y descanso. 3.10.2013; 9.30; N-VI; 587 |
Art. 142.4 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
301 euros |
XC-00480-O-2014 8278-CBC Guardia Civil 1501 I-92933X |
Hermanos Pallas, S.L. B15060320 Tablilla, s/n 15185 Cerceda A Coruña |
Realizar un transporte escolar utilizando conductor que carezca del CAP en vigor. 7.10.2013; 18.50; DP-5902; 3 |
Art. 140.18 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |
XC-00512-O-2014 7931-HDC Guardia Civil 1503 A-54682C |
Transportes Arrive IS S-20, S.L B70302815 Isaac Peral, 4 B, pgno. Espíritu Santo 15650 Cambre A Coruña |
Disminución del descanso diario normal (sobre 11 horas). Igual o superior a 10 horas e inferior a 11 horas. 8.10.2013; 16.52; N-VI; 577,500 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT Art. 143.4.b) LOTT |
100 euros |
XC-02920-O-2013 4865-GBX Guardia Civil 1504 H-74822-F |
Transportes Arrive IS S-20, S.L B70302815 Isaac Peral, 4 B, pgno. Espíritu Santo 15650 Cambre A Coruña |
Carecer del certificado de aptitud profesional CAP. 5.10.2013; 9.16; N-634 |
Art. 140.18 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |
XC-03090-O-2013 7329-HKY Guardia Civil 1504 A-35144-Y |
Juan Andrés Ageito Olveiras 52931009M Salmón Grande, 56 15960 Ribeira A Coruña |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. 4.10.2013; 8.35; AC-302; 2 |
Art. 141.17 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
XC-03100-O-2013 PO-8459-BM Guardia Civil 1501 I-14478-B |
Javipesca 11022002, S.L.U. B94045887 Puerto Pesquero-Dep. exportadores, 55 36900 Marín Pontevedra |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 16.7.2013; 12.35; AC-523; 0,100 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
XC-03435-O-2013 3399-FGN Guardia Civil 1504 A-35144-Y |
Transportes J. y Arizaga 260396, S.L. B94084662 Calle Calvo Sotelo, 119 36900 Marín Pontevedra |
No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible o hacerlo de forma incorrecta. O no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que esta no obre en poder suyo. 2.8.2013; 16.15; AC-553; 1,2 |
Art. 140.22 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |