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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Miércoles, 5 de marzo de 2014 Pág. 9471

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (735/2013).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 735/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Santiago García Couselo contra la empresa Excavaciones Migasa, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«1º. Estimo la demanda sobre despido formulada a instancia de Santiago García, asistido por la letrada Sra. Sabell Iglesias, contra la entidad Excavaciones Migasa, S.A., y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido por causas objetivas y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, con condena de la empresa indicada a la extinción de la relación laboral a fecha de sentencia, con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo (al no ser posible la readmisión por cese de actividad de la empresa).

2º. La indemnización según lo dispuesto en el número anterior sería de 58.381,54 euros.

3º. No ha lugar a condenar en esta instancia al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad en los términos del artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Excavaciones Migasa, S.L. expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2014

La secretaria judicial