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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Jueves, 27 de febrero de 2014 Pág. 8569

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (151/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 151/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rubén Pedro Pereira Garrido contra la empresa Sportauto Santiago, S.L., Fogasa, sobre despido, se ha dictado la Sentencia número 41, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia.

Santiago de Compostela, 4 de febrero de 2014

Vistos por Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 1 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancias de Rubén Pedro Pereira Garrido, asistido por el letrado Sr. Blanco Lobeiras, frente a la mercantil Sportauto Santiago, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparecen pese a constar debidamente citados, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes

(…)

Fallo.

Que estimo la demanda interpuesta por Rubén Pedro Pereira Garrido frente a la mercantil Sportauto Santiago, S.L. y el Fogasa y, en consecuencia:

1. Declaro improcedente el despido efectuado por la mercantil con efectos de 31.12.2012.

2. Declaro extinguida a día de hoy (4.2.2012) la relación laboral existente entre Rubén Pedro Pereira Garrido y la mercantil Sportauto Santiago, S.L.

3. Condeno a la empresa Sportauto Santiago, S.L. a abonar a la parte actora la cantidad de 13.742,84 euros en concepto de indemnización.

4. Absuelvo al Fogasa de las pretensiones frente a él deducidas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación anta la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, interponiéndose ante este juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de la presente notificación, según previene el artículo 189 de la Ley de procedimiento laboral.

Así lo acuerdo, mando y firmo, Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Sportauto Santiago, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 5 de febrero de 2014

La secretaria judicial