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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Martes, 25 de febrero de 2014 Pág. 8034

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2014, de la Dirección General de Trabajo y Economía Social, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de actores y actrices de teatro de Galicia.

Visto el acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de actores y actrices de teatro de Galicia (código 82001015012009), por el que se alcanzaron diversos acuerdos, suscrito en la reunión celebrada el 28 de enero de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

La Dirección General de Trabajo y Economía Social

ACUERDA:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado mediante Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG núm. 222, de 18 de noviembre).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2014

Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Trabajo y Economía Social

ANEXO
Acta de la comisión negociadora del convenio de actores
y actrices de teatro de Galicia

En Santiago de Compostela, a las 11.00 horas del día 28 de enero de 2014, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, sito en la calle Algalia de Abaixo, 24, bajo, se reúne la Comisión Negociadora del convenio colectivo de actores y actrices de teatro de Galicia, en presencia de Celso Araújo Castro, funcionario del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, y asisten las personas a continuación señaladas:

– Representación empresarial:

Salvador del Río Pérez (Escena Galega).

Natividad Cancela Pereiro (Agadic).

José Manuel González Sanmartín (Agadic).

– Representación sindical:

Ma Teresa Pérez Pardo (CC.OO.).

Raimundo Méndez García (UGT).

Roberto Alonso Iglesias (CIG).

Alberto Blanco Carretero (AAAG).

Ricardo Barreiro Cato (AAAG).

El motivo de la reunión es proceder a la revisión del contenido del acuerdo adoptado el 24 de mayo de 2013.

Después de las oportunas deliberaciones y debate, las partes presentes alcanzan por unanimidad el presente acuerdo:

1º. Se acuerda subir el IPC directamente sobre el salario del bolo sin aplicar la fórmula establecida en el anexo I del convenio actualmente en vigor.

2º. A los efectos de generar el derecho a una dieta completa, se deberán superar las ocho horas de trabajo, hasta esas ocho horas corresponderá media dieta.

3°. El importe de abono del bolo correspondiente al segundo día y consecutivos, en la misma plaza, se reduce en un 25 % con respecto a lo previsto en el convenio, salvo las segundas y terceras funciones que tengan lugar en el mismo día, cuya reducción ya está prevista en el convenio colectivo.

4°. Se acuerda la posibilidad de celebrar contratos corridos con una duración de siete días, siempre que no celebren en los mismos más de tres funciones, o contratos corridos con una duración de quince días, siempre que no tengan lugar en los mismos más de ocho funciones.

5°. Se acuerda refundir, con respecto al salario por bolo, las compañías privadas A y B en una sola categoría (compañías privadas).

6°. Las tablas salariales para las compañías privadas para el año 2014 quedan del siguiente modo:

Salario mensual 2014

Compañías grupo A (euros)

Compañías grupo B (euros)

Protagonista

1.847,05

1.539,16

Principal

1.629,75

1.347,03

Secundario

1.340,03

1.250,81

Reparto

1.194,14

1.058,38

Dietas Galicia

43,30

43,30

Salario bolo 2014

Compañías grupo A y grupo B (euros)

Protagonista

169,20

Principal

152,15

Secundario

135,48

Reparto

119,60

Dietas Galicia

43,30

R. grabación 2014

Compañías grupo A (euros)

Compañías grupo B (euros)

Protagonista

388,85

369,53

Principal

350,21

330,89

Secundario

306,74

301,90

Reparto

272,92

263,26

7ª. Se acuerda delegar en el personal habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales la realización de los trámites de registro, depósito y publicidad del contenido del presente acurdo.

Y no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión a las 12.30 horas del día de la fecha y se expide a su efecto la presente acta que firman todos los asistentes en prueba de conformidad.