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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Miércoles, 12 de febrero de 2014 Pág. 5764

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2013, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva del proyecto de delimitación del suelo del núcleo rural de A Vila, en la parroquia de Lobeira, ayuntamiento de Lobeira.

El Ayuntamiento de Lobeira remitió el expediente de delimitación del núcleo rural de A Vila, parroquia de Lobeira, redactado en mayo de 2013, tramitado al amparo del punto 2 de la disposición adicional 2ª de la Ley 2/2010, de 25 de marzo, de medidas urgentes de modificación de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (en adelante LOUG), en que solicita su aprobación definitiva.

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Lobeira no dispone de ningún instrumento de planeamiento general municipal y se rige por las normas de aplicación directa de la LOUG y, en lo que no se opone a estas, por las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento provincial.

2. El expediente fue tramitado de acuerdo con lo previsto en el inciso tercero del apartado 2 de la disposición adicional segunda y en él constan:

• El sometimiento al trámite de información pública, que se llevó a cabo mediante la publicación de anuncios en el DOG nº 212, de 7.11.2012 y en los periódicos La Región en la fecha de 1.11.2012 y La Voz de Galicia en la fecha de 7.11.2012.

• Certificación del secretario municipal de fecha 8.10.2013 en el que se refleja que en dicho período no se presentaron alegaciones.

• Certificado del acuerdo de aprobación provisional, adoptado por el pleno del ayuntamiento en su sesión de 26.10.2012.

• Consta informe favorable de la Dirección General de Patrimonio Cultural de fecha de 18 de septiembre de 2013, tras un primer informe de 4 de marzo de 2013 en sentido desfavorable.

• Consta informe favorable de la Diputación Provincial de 21 de noviembre de 2013.

II. Contenido.

El proyecto propone una nueva delimitación del asentamiento poblacional de A Vila como núcleo rural complejo; concurriendo en el ámbito una superficie de 24.179,17 m2 de núcleo rural histórico-tradicional distinguiendo dos tipologías (NR H-T1 y NR H-T2) y una superficie de 20.167,03 m2 de núcleo rural común con otras dos tipologías (NR C-1 y NR C-2).

La delimitación fija las condiciones de uso y de edificación en los terrenos delimitados define, el trazado viario público y los espacios destinados a dotaciones e identifica trece elementos de valor cultural, junto con un yacimiento arqueológico. Constan dos ordenanzas de edificación una para cada tipo de núcleo.

III. Consideraciones y motivación.

Después de analizar el expediente remitido por el ayuntamiento y a la vista del informe técnico elaborado en el Servicio de Urbanismo, hace falta hacer las siguientes consideraciones:

1. Constituyen el suelo de núcleo rural las áreas del territorio que sirven de soporte a un asentamiento tradicional de población singularizado, identificable y diferenciado administrativamente en los censos y padrones oficiales. En el proyecto remitido queda justificada la preexistencia y el reconocimiento del núcleo rural de A Vila según nomenclátor de entidades de población de la provincia de Ourense (Decreto 332/1996, de 26 de julio; DOG nº 169, de 29 de agosto).

2. De la documentación remitida se deduce que la ordenación aplicable corresponde con la relativa al núcleo rural complejo, según tipología de los tipos básicos de suelo de núcleo rural establecidas por la LOUG en su artículo 13, según redacción dada por la Ley 2/2010, de 25 de marzo, diferenciando ambos tipos de suelo de núcleo rural tradicional y núcleo rural común con las determinaciones que para su respectiva delimitación y categoría establece el artículo 13.3.c), de la LOUG referidas al grado de consolidación de la edificación y demás determinaciones del régimen aplicable.

3. El expediente contiene el estudio individualizado del núcleo rural conforme al señalado en el artículo 61.3 de la LOUG así como los planos de delimitación del perímetro del núcleo rural.

4. En los planos queda reflejado el trazado de la red viaria pública existente y los espacios reservados para equipamientos públicos y consta la regulación detallada de los usos, volúmenes y condiciones higiénico-sanitarias de los terrenos y construcciones, así como las características estéticas de la edificación y de su entorno.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG (modificada por la Ley 15/2004), y la Orden de 11 de mayo de 2009, sobre adscripción de órganos y delegación de competencias como consecuencia de la entrada en vigor del Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleo rural le corresponde a la Secretaria General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

IV. Resolución.

1. Visto cuanto antecede, se aprueba definitivamente el proyecto de delimitación del suelo de núcleo rural de A Vila, en la parroquia de Lobeira, Ayuntamiento de Lobeira (Ourense).

2. En el supuesto de que el interesado sea una Administración pública, no cabrá interponer recurso en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, sin perjuicio del planteamiento, de ser el caso, del requerimiento previo en igual plazo (artículo 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativo).

3. Notifíquese esta resolución al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2013

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

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