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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 28 Martes, 11 de febrero de 2014 Pág. 5691

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (466/2012).

Ana María Navarro Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario nº 466/2012 se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia.

En Santiago de Compostela a 21 de enero de 2014.

Vistos por Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancia de Jorge Ramón Iglesias Castro, asistido por el letrado Xavier Castro, frente a la mercantil XXL Producción e Loxística, S.L., el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparecieron pese a constar debidamente citados, e Isabel Álvarez Presas, en su condición de administradora concursal, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes

(…)

Fallo que estimo íntegramente la demanda interpuesta por Jorge Ramón Iglesias Castro frente a la mercantil XXL Producción e Loxística, S.L., el Fogasa e Isabel Álvarez Presas y, en consecuencia, condeno a la mercantil XXL Producción e Loxística, S.L. a que abone al actor la cantidad de 8.663,64 euros en concepto de indemnización por despido, cantidad que debe ser incrementada en el 10 % de intereses de demora, debiendo de responder de las mismas, en su sola condición de administradora concursal, Isabel Álvarez Presas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma Carmen Barcala Barreiro, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a XXL Producción e Loxística, S.L. y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 22 de enero de 2014

La secretaria judicial