Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Lunes, 3 de febrero de 2014 Pág. 4508

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (511/2013).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de derechos fundamentales 511/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María de la Paz Álvarez Regueiro contra la empresa Servicio Gallego de Prevención de Riesgos Laborales, S.L. (Segaprel), Antonio Toca Carus, Manuel Sánchez Meilán, Luis Carlos Fernández Rosende, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), Centro Médico San Miguel, S.L.U., B&L Consultores de Prevención, S.L., Grupo Noecor, S.L., ADE Asesores de Empresa, S.L., PFA Prevención de Riesgos Laborales, S.A., Herfran Asesores, S.L., Servicios y Asesoramiento Empresarial Grupo PFA, S.L., Pérez Fadón Asesores, S.L. y Asesoría Técnica Administrativa, S.L., sobre tutela de derechos fundamentales, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, desestimando íntegramente la demanda interpuesta por María de la Paz Álvarez Regueiro, contra Servicio Gallego de Prevención de Riesgos Laborales, S.L. (Segaprel), Luis Carlos Fernández Rosende, Antonio Toca Carus, Manuel Sánchez Meilán, Centro Médico San Miguel, S.L.U., B&L Consultores de Prevención, S.L., Grupo Noecor, S.L., ADE Asesores de Empresa, S.L., PFA Prevención de Riesgos Laborales, S.A., Herfran Asesores, S.L., Servicios y Asesoramiento Empresarial Grupo PFA, S.L., Pérez Fadón Asesores, S.L. y Asesoría Técnica Administrativa, S.L., debo absolver y absuelvo a los demandados de todas las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días contados a partir de su notificación (artículo 191.3.f LRJS).

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Antonio Toca Carus, actualmente en paradero desconocido, inserto el presente en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 14 de enero de 2014

La secretaria judicial