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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Jueves, 30 de enero de 2014 Pág. 3919

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (819/2013).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuezo del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 819/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Christopher Egharevba contra la empresa Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U., administración concursal de la empresa Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L., Fogasa, sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 747/2013.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: despido 819/2013.

Demandante: Christopher Egharevba.

Letrado: Sr. Martínez Ramonde.

Demandados:

– Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U.

– Administración concursal de la empresa Talleres y Aplicaciones del Eume.

– Fogasa.

Sentencia 747/2013.

A Coruña, 30 de diciembre de 2013.

Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por Christopher Echarevba frente a la empresa Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y acuerdo la extinción de la relación laboral en fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a que abone al demandante la suma indemnizatoria de 3.232,52 euros.

2º. Estimo la demanda sobre reclamación de cantidad formulada por Christopher Echarevba frente a la empresa Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U. y, en consecuencia, condeno a esta a pagar al primero la suma de 2.508,57 euros por conceptos salariales adeudados.

3º. Debiendo pasar por lo resuelto en esta sentencia la administración concursal de la empresa demandada.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 30 de diciembre de 2013

La secretaria judicial