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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Miércoles, 29 de enero de 2014 Pág. 3713

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 31 de diciembre de 2013 por la que se modifica, en lo relativo a las anualidades, la Orden de 29 de abril de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a las inversiones en transformación y comercialización de productos procedentes de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo de la Pesca en un 75 %, y se convoca para el ejercicio 2013 dicho procedimiento.

La Orden de la Consellería del Medio Rural y del Mar de 20 de abril de 2013 (DOG núm. 89, de 10 de mayo) establece las bases reguladoras y convoca para 2013 las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos procedentes de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Pesca en un 75 %.

En el artículo 3.7 de la citada orden se detalla la aplicación presupuestaria y el importe económico previsto en las anualidades 2013 y 2014 para la financiación de dichas ayudas, de la siguiente forma: 5.000.000 euros para la anualidad 2013 y 10.000.000 euros para la anualidad 2014.

Dada las especiales circunstancias que dificultaron la tramitación de estas ayudas, el tiempo transcurrido en la tramitación para la aprobación de las solicitudes de ayuda y la imposibilidad de una resolución para la totalidad de los expedientes con tiempo suficiente para la justificación de las inversiones por parte de los beneficiarios en la anualidad 2013, se hace necesario un reajuste de la dotación presupuestaria consignada inicialmente para la concesión de las mencionadas ayudas sin variar el importe total de la orden.

En consecuencia y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta de Galicia y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el artículo 3, punto 7, de la Orden de 20 de abril de 2013, que establece las ayudas para la transformación y comercialización de productos de la pesca convocadas para el año 2013, que queda redactado como sigue:

7. Para el año 2013 las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.30.723A.771.1 que figura dotada en el presupuesto de gastos de la Consellería del Medio Rural y del Mar para 2013, aprobado por la Ley 2/2013, de 27 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para ese año. Los importes máximos de las subvenciones que se concedan en el dicho ejercicio presupuestario ascenderán a 15.000.000,00 euros distribuidos en las siguientes anualidades:

– Anualidad 2013: 1.500.000,00 euros.

– Anualidad 2014: 13.500.000,00 euros.

Disposición adicional única

El reajuste de las anualidades previstas en el artículo único de esta orden no afecta al plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 29 de abril.

Disposición final única

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de diciembre de 2013

Rosa Mª Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar