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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Martes, 21 de enero de 2014 Pág. 2265

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo

EDICTO (720/2011).

Pilar Sánchez González, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vigo, por el presente

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En el presente procedimiento ordinario 720/2011 seguido a instancia de Egasa XXI, S.A. frente a Inversiones Madimol, S.L., Marina Margas Barciela y Jesús Martínez Fernández se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo que, estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora Gisela Álvarez Vázquez, en nombre y representación de la entidad mercantil Egasa XXI, S.A. contra Marina Margas Barciela, Jesús Martínez Fernández y la entidad mercantil Inversiones Madimol, S.L., los debo condenar y condeno:

a) A Marina Margas Barciela y a la entidad Inversiones Madimol, S.L., solidariamente entre sí, a abonar a la actora las cantidades de: 1º. 9.131,60 euros en concepto de daños y perjuicios; 2º. 9.663,85 euros en concepto de parte proporcional del tiempo que restaba por cumplir de la suma recibida como prima de instalación (14.300 euros); 3º. El interés legal de dichas cantidades (18.795,45 euros en total) incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución; 4º. 1.419,40 euros como importe pendiente de devolución del préstamo; 5º. 569,32 euros en concepto de intereses de demora devengados hasta la interposición de la demanda respecto de la cantidad no devuelta del préstamo (1.419,40 euros); 6º. El interés de demora pactado sobre la suma de 1.419,40 euros desde la interposición de la demanda hasta el completo pago.

b) A Jesús Martínez Fernández a abonar, solidariamente con las anteriores, las cantidades de: 1º. 9.131,60 euros en concepto de daños y perjuicios; 2º. 8.113,97 euros en concepto de parte proporcional del tiempo que restaba por cumplir de la suma recibida como prima de instalación (12.000 euros); 3º. Sobre dichas cantidades (17.245,57 euros), el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución.

Todo ello sin hacer especial imposición de las costas del procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra a interponer ante este juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichos demandados, Inversiones Madimol, S.L., Marina Margas Barciela y Jesús Martínez Fernández, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Vigo, 22 de mayo de 2013

La secretaria judicial