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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Lunes, 13 de enero de 2014 Pág. 1383

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1884/2011).

Juzgado de origen/autos: demanda 1412/2009 Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña.

Recurrente: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

Abogada: Alicia Llan Lodos. Fax: 981 66 43 16.

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Servicio Gallego de Salud, Conszoa, S.L., Eladio García García.

Abogado: Ltdo. SS/Ltdo. Sergas/DOG/David Rodríguez Salvado.

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 1884/2011-MFV de esta sección, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Sergas, Conszoa, S.L., Eladio García García, sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de la Mutua Gallega contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2011, dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, en proceso promovido por la Mutua recurrente frente a Eladio García García, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Servicio Gallego de Salud y la empresa Conszoa, S.L., debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 233.1 de la Ley de procedimiento laboral, la Mutua recurrente ha de abonar los honorarios del letrado del demandado-impugnante de su recurso por importe de seiscientos euros (600 €)».

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a Conszoa, S.L., con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 19 de diciembre de 2013

La secretaria judicial