De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en adelante LRJPAC), se notifica a la empresa que se relaciona en el anexo, el acuerdo de iniciación dictado en el expediente sancionador por infracción de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de juegos y apuestas de Galicia, modificada por la Ley 7/1991, de 19 de junio, y por la Ley 3/2002, de 29 de abril, por no ser posible su notificación por correo certificado.
La competencia para imponer esta clase de sanciones corresponde al director general de Emergencias e Interior de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, según lo dispuesto en los artículos 12.3 y 134.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 31 de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, modificada por la Ley 3/2002, de 29 de abril, cuando la sanción consista en una multa de hasta 60.000 euros.
Se informa de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 135 de la LRJPAC y en los artículos 3, 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto), dispone de un plazo de quince días hábiles contados desde la publicación para ejercer ante el/la instructor/a el derecho de audiencia y formular alegaciones, así como examinar el expediente en estas dependencias. Igualmente, podrá ejercer el derecho de recusación en los casos y en la forma prevista en el artículo 29 de la LRJPAC.
La tramitación del expediente se realiza en la oficina de esta jefatura territorial de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, sita en la planta 9 del Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Pontevedra, calle Fernández Ladreda, 43, de Pontevedra.
En el supuesto de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo indicado, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 16 del Real decreto 1398/1993.
Pontevedra, 25 de noviembre de 2013
Ramón Pereiro Santín
Jefe territorial de Pontevedra
ANEXO
Número de expediente: P-26/13.
NIF: B-277658874.
Denunciada: Piruxa Hostelería, S.L.
Dirección: c/ Genaro de la Fuente, 4, Vigo.
Precepto infringido: artículo 30) de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, modificada por la Ley 7/1991, de 19 de junio, y por la Ley 3/2002, de 29 de abril, en relación con el artículo 75 del Decreto 39/2008, de 21 de febrero.