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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Martes, 24 de diciembre de 2013 Pág. 49791

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 3 de diciembre de 2013, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica la resolución de los expedientes sancionadores en el orden social RL 2013/484-1 y RL 2013/485-1.

Intentada la notificación por correo certificado a los titulares de las empresas que se indican a continuación sin que haya sido posible, por medio de esta cédula y de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, se les notifica la resolución recaída en los expedientes sancionadores correspondientes. Se les hace saber que en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrán interponer recurso de alzada ante el director general de Trabajo y Economía Social, advirtiéndoles que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberán abonar la multa, mediante la necesaria utilización del impreso, que podrá solicitar en la propia Jefatura Territorial de A Coruña. De lo contrario, se procederá a la exacción por la vía ejecutiva en los términos previstos en la disposición segunda de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG de 5 de diciembre).

– Expediente: RL 2013/484-1.

Acta Inf.: I152013000101992.

Empresa: Tortoni, S.L.

NIF: B15640154.

Dirección: calle Cabo Santiago Gómez 8, 15004 A Coruña.

Materia: trabajo (deficiencias graves en materia laboral).

Normativa infringida: artículos 14 y 15 del Convenio colectivo de hostelería de la provincia de A Coruña; artículos 4.2.f), 12.4, 29, 34.1, 35.5 y 38 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Tipificación: artículos 5 y 7.5 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, de acuerdo con los artículos 39.1, 39.2 y 40.1.b) de dicho texto legal.

Fecha de la resolución: 5.11.2013.

Resolución: la presunción de certeza que permitiría dar por ciertos los hechos comprobados, en este caso se aprecia en el acta de infracción omisión de un requisito exigido en el artículo 14.1.e) del Real decreto 928/1998. En este caso, el acta refleja tres sanciones independientes, pero no indica la cuantía propuesta para cada una, limitándose a señalar el total, omisión que causa indefensión a la empresa, por lo que procede anular el acta de infracción contra la empresa Tortoni, S.L. por un error material que podrá enmendarse antes de que prescriban los hechos infractores.

– Expediente: RL 2013/485-1.

Acta Inf.: I152013000085626.

Empresa: Tortoni, S.L.

NIF: B15640154.

Dirección: calle Cabo Santiago Gómez 8, 15004 A Coruña.

Materia: obstrucción (falta de colaboración con la labor inspectora).

Normativa infringida: artículos 5, 6.1, 8.3, 11.1, 14.1 y 14.2 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, y artículo 15.2 del Real decreto 138/2000, de 4 de febrero.

Tipificación: artículo 50.2 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, de acuerdo con los artículos 39.1 y 39.2 de dicho texto legal.

Fecha de la resolución: 27.11.2013.

Resolución: confirmar el acta de infracción e imponer a la empresa: Tortoni, S.L. una sanción por importe de mil doscientos cincuenta y un euros (1.251 €).

A Coruña, 3 de diciembre de 2013

Mª Pilar Caridad Alonso
Jefa territorial de A Coruña