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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Viernes, 20 de diciembre de 2013 Pág. 49194

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 3 de diciembre de 2013 por la que da traslado de la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanísitca IU2/28/2013, devuelto por el servicio de Correos por resultar los interesados ausentes en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el día 11 de noviembre de 2013 dictó resolución por la que se declara que las obras consistentes en la instalación de dos viviendas prefabricadas y la construcción de un alpendwre para usos residenciales en el lugar de Pontes, parroquia de Noalla, en el término municipal de Sanxenxo, no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico, y se ordena su demolición en el plazo de tres meses a contar desde la notificación de la presente resolución.

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a José Rivas Couceiro e Iria María Cuñarro Montes, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a dichos interesados la citada resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercen su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y lea sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística