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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Jueves, 5 de diciembre de 2013 Pág. 46991

V. Administración de justicia

Juzgado de Primeira Instancia número 5 de Ferrol

EDICTO (475/2012).

Rebeca Delgado Marzán, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ferrol, hace saber que en las presentes actuaciones se ha dictado resolución cuyo extracto es el siguiente:

Sentencia: 227/2013.

Procedimiento ordinario 475/2012.

Procedimiento de origen: sobre verbal arrendaticio.

Demandante: Marta del Moral Silva.

Procuradora: Consuelo García García.

Abogado: José M. Ariza Vidal.

Demandado: Jorge Alonso Vidal.

«Sentencia:

Ferrol, 16 de octubre de 2013

Vistos por Mónica Ferreiro Quintas, jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de los de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario 475/2012, seguidos a iniciativa de Marta del Moral Silva, representada por la procuradora, Sra. García García y asistida por el letrado Sr. Ariza Vidal, frente a Jorge Alonso Vidal.

Antecedentes de hecho:

Primero. La representación procesal de la actora presentó demanda de juicio ordinario sobre reclamación de rentas e indemnización por contrato de subarriendo de local de negocio frente a Jorge Alonso Vidal. Solicitaba que se dictase sentencia en la que se condenara al demandado al abono de la cantidad de 54.000 euros, más sus intereses legales desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas causadas.

Admitida a trámite dicha demanda, se dio traslado al demandado el cual no compareció dentro del plazo para contestar a la demanda, procediendo a ser declarado en rebeldía procesal por diligencia de ordenación de 6 de mayo de 2013.

Segundo. Realizadas las actuaciones anteriores, se convocó a las partes a la celebración de la audiencia previa, que tuvo lugar con la asistencia del representante y defensor de la parte demandante. La parte demandada no compareció.

Admitida la prueba que se estimó pertinente, se señaló día para la celebración del juicio.

Tercero. El juicio se celebró el día 1 de octubre de 2013, con la asistencia del representante y defensor de la parte demandante. El demandado, en situación de rebeldía procesal no compareció. A continuación, se practicó la prueba admitida y que no fue renunciada, con el resultado que obra en los autos y, una vez formuladas las conclusiones, los autos quedaron a disposición para dictar sentencia.

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Marta del Moral Silva, representada por la procuradora, Sra. García García, frente a Jorge Alonso Vidal, y se condena al demandado a abonar a la parte actora la cantidad de 44.000 euros, más el interés de demora legal desde la interposición de la demanda.

Sin expreso pronunciamiento en materia de costas procesales.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, por escrito y expresando los motivos por los que se recurre en los términos dispuestos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento civil. Para lo que deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en cuanto al depósito de determinada cantidad de dinero, en la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, la cual fue añadida mediante la reforma operada por la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, llévese al libro de su clase y déjese testimonio suficiente en los autos.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída por la jueza que la dictó en el día de la fecha, hallándose celebrando audiencia pública. Doy fe.

Diligencia. La anterior sentencia ha quedado depositada en la secretaría de mi cargo una vez leída y publicada. Doy fe.

Se significa que para su diligenciamiento se hace entrega a la procuradora de la parte demandante Consuelo García García.

Ferrol, 17 de octubre de 2013

La secretaria judicial