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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Miércoles, 4 de diciembre de 2013 Pág. 46839

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3349/12-RCUD 286/12 MAY).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 3349/2012-RCUD 286/12 MAY, seguido a instancia de José Antonio Troncoso Oliveira, Benjamín Lorenzo Domínguez, Manuel Rico Carballo, Jaime Rodríguez Iglesias, contra Taguive, S.L., Fibras de Madera, S.A., Industrias de Tableros de Valga, S.A. (Intavalsa) sobre resolución de contrato, se ha dictado por el Tribunal Supremo auto el 12.9.2013 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«La Sala acuerda declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado Miguel Lamela Méndez, en nombre y representación de José Antonio Troncoso Oliveira y otros con la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 11 de octubre de 2012, en el recurso de suplicación número 3349/2012, interpuesto por José Antonio Troncoso Oliveira y Benjamín Lorenzo Domínguez, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de los de Vigo de fecha 31 de enero de 2012, en el procedimiento nº 1010/2011 seguido a instancia de José Antonio Troncoso Oliveira, Benjamín Lorenzo Domínguez, Manuel Rico Carballo y Jaime Rodríguez Iglesias contra Taguive, S.L., María Dolores Carpintero Vázquez (como administradora concursal), Industrias de Tableros de Valga, S.A., Fibras de Madera, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido […]. Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente […]. Contra este auto no cabe recurso alguno. Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación».

Y para que sirva de notificación en forma a Fibras de Madera, S.A. (Inavalsa) expido el presente edicto.

A Coruña, 13 de noviembre de 2013

La secretaria judicial