Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento sobre despido objetivo individual 304/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Enrique Vilariño Feáns contra la empresa Moure Pan, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Diligencia de ordenación.
Secretaria judicial: Susana Varela Amboage.
En Santiago de Compostela a trece de noviembre de dos mil trece.
Únase la anterior citación remitida a la demandada y devuelta con resultado negativo. Consúltense las bases de datos informáticos a fin de averiguar nuevo domicilio de la demanda.
Se suspenden los actos de conciliación y juicio previstos para el día 18.11.2013 y se procede a su nuevo señalamiento el día 9.12.2013 a las 8.45 y 8.50 horas, respectivamente.
Cítese a la demandada por medio de edictos que se insertarán en el DOG y en el tablón de anuncios de este juzgado.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición que se interpondrá ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
La secretaria judicial.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2013
La secretaria judicial