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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 3 de diciembre de 2013 Pág. 46695

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 21 de noviembre de 2013 por la que se hace pública la composición del Consejo Gallego de Universidades.

La Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia (DOG de 3 de julio), refleja en el capítulo II, sección 1ª, artículo 55, la definición, adscripción y competencias del Consejo Gallego de Universidades como órgano colegiado de consulta y asesoramiento de la consellería competente en materia universitaria para el desarrollo de la política de coordinación y planificación del Sistema universitario de Galicia.

La sección 2ª, artículo 58.1, de la Ley 6/2013, de 13 de junio, regula la composición del Consejo Gallego de Universidades, que estará integrado por los siguientes miembros: a) El conselleiro o la conselleira competente en materia de universidades. b) La persona titular del órgano superior de dirección competente en materia de enseñanza universitaria. c) La persona titular del órgano superior de dirección competente en materia de enseñanza superior no universitaria. d) Un representante de cada una de las consellerías competentes en materia de investigación y desarrollo, presupuestos y sanidad, designados por los conselleiros o las conselleiras entre las personas titulares de órganos de dirección. e) Los rectores o las rectoras de las universidades integrantes del SUG. f) Las personas titulares de las gerencias de las universidades integrantes del SUG. g) Los presidentes o las presidentas de los consejos sociales de las universidades integrantes del SUG. h) Cuatro miembros designados por la comisión del Parlamento de Galicia competente en materia universitaria, en proporción a su representación en el Pleno del Parlamento. i) La persona responsable de la Dirección de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia.

El nombramiento y cese en su cargo de los miembros a que se refieren los apartados a), b), c), d) e) f), g) e i) del punto anterior determinará, automáticamente, la adquisición y pérdida de la condición de miembro del Consejo Gallego de Universidades.

Los acuerdos de designación de los miembros elegidos por el Parlamento de Galicia le serán comunicados a la persona titular de la consellería competente en materia de universidades, quien procederá a su nombramiento mediante orden de su consellería que se publicará en el Diario Oficial de Galicia y producirá efectos a partir de esa fecha. La duración del mandato de los miembros del Consejo Gallego de Universidades de designación parlamentaria será de cuatro años, y permanecerán en funciones desde la expiración de dicho período hasta la toma de posesión de los nuevos miembros.

De acuerdo con el artículo 59.2 de la Ley 6/2013, de 13 de junio, los miembros del Consejo Gallego de Universidades perderán su condición por terminación del mandato, por renuncia, por incapacidad declarada por resolución judicial firme, por muerte o declaración de fallecimiento, por cese de los miembros que tengan esta condición por razón de su cargo o por condena judicial firme que comporte la inhabilitación o la suspensión de empleo o cargo público.

La presidencia designará y removerá al secretario o a la secretaria del Consejo Gallego de Universidades entre personal funcionario del grupo A1. De recaer la designación en una persona que no sea miembro del Consejo Gallego de Universidades, esta actuará con voz y sin voto.

En su virtud, esta consellería

DISPONE:

Artículo único. Hacer pública la composición del Consejo Gallego de Universidades, que estará constituido por los siguientes miembros:

a) El conselleiro competente en materia universidades:

– Presidente: Jesús Vázquez Abad, conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, nombrado por el Decreto 9/2012, de 3 de enero.

b) La persona titular del órgano superior de dirección competente en materia de enseñanza universitaria:

– Vicepresidente: José Alberto Díez de Castro, secretario general de Universidades, nombrado por el Decreto 282/2009, de 7 de mayo.

Vocales:

c) La persona titular del órgano superior de dirección competente en materia de enseñanza superior no universitaria:

– Manuel Corredoira López, director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, nombrado por el Decreto 133/2012, de 14 de junio.

d) Un representante de cada una de las consellerías competentes en materia de investigación y desarrollo, presupuestos y sanidad designados por los conselleiros o las conselleiras entre las personas titulares de órganos de dirección:

– Manuel Antonio Varela Rey, director de la Agencia Gallega de Innovación de la Consellería de Economía e Industria, nombrado por el Decreto 3/2013, de 10 de enero.

– Miguel Corgos López-Prado, director general de Planificación y Presupuestos, de la Consellería de Hacienda, nombrado por el Decreto 243/2012, de 5 de diciembre.

– María Nieves Domínguez González, gerente del Servicio Gallego de Salud, de la Consellería de Sanidad, nombrada por el Decreto 39/2012, de 12 de enero.

e) Los rectores de las universidades integrantes del Sistema universitario de Galicia:

– Xosé Luis Armesto Barbeito, rector de la Universidad de A Coruña, nombrado por el Decreto 251/2011, de 29 de diciembre.

– Juan José Casares Long, rector de la Universidad de Santiago de Compostela, nombrado por el Decreto 99/2010, de 17 de junio.

– Salustiano Mato de la Iglesia, rector de la Universidad de Vigo, nombrado por el Decreto 90/2010, de 10 de junio.

f) Las personas titulares de las gerencias de las universidades integrantes del Sistema universitario de Galicia:

– Juan Manuel Díaz Villoslada, gerente, nombrado por la Resolución de la Universidad de A Coruña de 17 de febrero de 2012.

– María Lourdes Batán Aira, gerente, nombrada por la Resolución de la Universidad de Santiago de Compostela de 15 de julio de 2010.

– Manuel Fernández Jáuregui, gerente, nombrado por la Resolución de la Universidad de Vigo de 28 de octubre de 2010.

g) Los presidentes de los consejos sociales de las universidades integrantes del Sistema universitario de Galicia:

– Antonio Abril Abadín, presidente del Consejo Social de la Universidad de A Coruña, nombrado por el Decreto 161/2008, de 24 de julio.

– Manuel Puga Pereira, presidente del Consejo Social de la Universidad de Santiago de Compostela, nombrado por el Decreto 583/2005, de 29 de diciembre.

– Ernesto Pedrosa Silva, presidente del Consejo Social de la Universidad de Vigo, nombrado por el Decreto 180/2011, de 1 de septiembre.

h) Los miembros designados por la Comisión 4ª, Educación y Cultura, del Parlamento de Galicia, competente en materia universitaria:

– Senén Barro Ameneiro.

– Encarnación González Vázquez.

– José Carlos de Miguel Domínguez.

– Miguel Domingo Rodríguez Bugarín.

i) La persona responsable de la dirección de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia:

– José Eduardo López Pereira, director de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia, nombrado por la Orden de 2 de septiembre de 2009.

Secretaria: María Beatriz Soutelo Ferro, subdirectora general de Universidades.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2013

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria