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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Lunes, 2 de diciembre de 2013 Pág. 46624

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (334/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 334/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Karen Almaro Elizade contra la empresa Merca Eiras, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia 267/2013.

Santiago de Compostela, 11 de noviembre de 2013.

Vanesa Gestal Queijas, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos nº 334/2013, promovidos ante este juzgado sobre acción de extinción contractual, reclamación de cantidad y despido, a instancia de Karen Almaro Elizarde, asistida por la letrada Sonia M. Viqueira Ferreiro, contra la empresa Merca Eiras, S.L., que no comparece, y el Fogasa, ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por la demandante Karen Almaro Elizarde contra Merca Eiras, S.L. y, en consecuencia, declaro la extinción de la relación contractual y el abono de las cantidades reclamadas y desestimo la acción de despido. Por tanto:

1º. Declaro resuelto el contrato de trabajo que une a la actora con la empresa a fecha de la presente sentencia y por causas imputables a la empresa, y condeno a la misma a pagar a la actora 7.141,18 euros en concepto de indemnización.

2º. Condeno a la demandada a abonar a la actora 4.348,73 euros en concepto de salarios atrasados hasta el mes de marzo de 2013 más los intereses del artículo 29.3 del ET.

3º. No ha lugar a condenar en esta instancia al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad en los términos del artículo 33 del ET.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo. La jueza sustituta».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada Merca Eiras, S.L., por hallarse en ignorado paradero, se inserta el presente edicto en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 2013

La secretaria judicial