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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Lunes, 25 de noviembre de 2013 Pág. 45644

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2013 por la que se convoca un curso de instructor en el manejo de contenedores flashover.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realicen alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de personas, de los bienes y del ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley este personal se organizará en grupos operativos.

Por Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga) donde se establece la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia: derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Dentro de las actividades programadas para el año 2013, y conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria de un curso de instructor en el manejo de contenedores de flashover, con 1 edición, conforme a las siguientes bases:

1. Datos de la actividad.

Tipo

Curso

Denominación

Instructor en el manejo de contenedores de flashover

Modalidad

Presencial

Ediciones

1

Horas lectivas

35

Plazas por edición

12

2. Objetivos y contenido.

Objetivos:

1. Conocer las técnicas apropiadas para poder manejar contenedores de generación de flashover.

2. Aprender a simular la evolución de un incendio en un interior hasta conseguir y controlar las condiciones de flashover.

3. Aprender a desarrollar un plan formativo teórico-práctico para elaborar una guía de formación en contenedores de flashover.

Contenido:

Contenido teórico (5 horas): pautas, contenidos y conceptos a impartir en un curso de manejo de contenedores de flashover.

1. Física y química del fuego. Contenido y desarrollo.

2. Desarrollo de un incendio. Tendencias actuales.

3. Flashover y backdraft.

4. Seguridad en contenedores.

Contenido práctico: (30 horas).

1. Ensayos y demostraciones:

• Explicación y demostración del rango de inflamabilidad.

• Desarrollo del proceso de descomposición química sufrido por la madera al aplicarle un aumento de temperatura (pirólisis).

• Tipos de flashover en función de la localización de la fuente de ignición y de la ventilación.

• Backdraft a escala en un simulador.

• Manejo en un campo de fuego de los distintos tipos de lanzas.

2. Contenedores de seguimiento y aprendizaje:

• Demostración real de un contenedor de evolución de incendio y de la aplicación de pulsaciones de agua.

• Visualización de la reacción del contenedor a la aplicación de técnicas de extinción ofensivas.

3. Desarrollo, explicación y control de diferentes fenómenos relacionados con el flashover:

• Maqueta o simulador del rango de inflamabilidad.

• Ensayo en el laboratorio del proceso de pirólisis sufrido por la madera.

• Práctica en el laboratorio de los tipos de flashover.

• Backdraft en un simulador a escala de backdraft.

• Manejo de un contenedor de evolución y aplicación de pulsaciones.

• Manejo y aplicación de técnicas ofensivas de aplicación de agua en un contenedor de flashover.

3. Destinatarios/as y requisitos de participación.

Destinatarios/as: colaboradores/as en la docencia de la materia de incendios urbanos en los cursos convocados por la Agasp.

Requisitos de participación: los/las solicitantes deberán enviar su curriculum vitae a la dirección electrónica formacion.emerxencias.agasp@xunta.es en el plazo de 8 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

4. Desarrollo de la actividad.

Lugar: Centro de Formación Integral de Emergencias de la empresa Seganosa (Alxén, s/n, Salvaterra de Miño, Pontevedra).

Fechas: del 16 al 20 de diciembre de 2013

Horario: de lunes a jueves con horario partido de 9.00 a 13.30 y de 15.30 a 18.30 y el viernes con horario continuo de 9.00 a 14.00 horas (5 jornadas).

Normas de comportamiento: no se permitirá que el alumnado realice fotografías o cualquier tipo de grabación audiovisual del desarrollo del curso.

5. Inscripción.

a) El personal que desee participar en el curso convocado en esta resolución deberá inscribirse en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.es

No se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

b) Con carácter previo a la inscripción es necesario darse de alta como usuario de la página web de la Agasp. En esta alta previa es imprescindible facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) El plazo de inscripción es de 8 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

La inscripción podrá realizarse hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con suficiente antelación para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38, del fax: 886 20 61 23 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

e) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

6. Criterios de selección del alumnado participante.

En la selección del alumnado se valorará su curriculum vitae, en concreto los apartados relativos a:

• Experiencia profesional en los servicios de extinción de incendios urbanos.

• Experiencia docente en la materia de incendios urbanos, con especial mención a la realizada en los cursos convocados por la Agasp desde el año 2010 hasta la actualidad.

• Formación pedagógica y en la materia del flashover.

Se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, del 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. De no existir suficientes solicitudes de participación de mujeres, las plazas sobrantes acrecentarán las del turno general.

7. Publicación de las relaciones del personal seleccionado.

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comuniquen su imposibilidad de asistencia con por lo menos 48 horas de antelación al comienzo de esta. Dicha renuncia deberá comunicarse por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección
formación.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

8. Derechos y deberes del alumnado participante.

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

9. Faltas de asistencia.

El Reglamento de régimen interior de la Agasp, mencionado en la base núm. 8 de esta convocatoria, regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

«1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente, penalizándose de forma disciplinaria, en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto, y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y solo en los casos en que la no asistencia a las clases estuviera motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. Sin embargo, aunque las ausencias acumuladas no llegaran al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso, la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas que se van a recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de estas y el comportamiento y actitud de la/el alumna/o a lo largo del curso».

10. Certificado de aprovechamiento.

Al finalizar la actividad se les entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la prueba final.

11. Facultades de la Agasp.

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir el curso, ampliar nuevas ediciones del mismo o suspenderlo temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

A Estrada, 18 de noviembre de 2013

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública