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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 15 de noviembre de 2013 Pág. 44477

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (779/2012).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 779/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Julio José Losada Romero contra Canalonsa Aluminio Lugo, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda presentada por Julio José Losada Romero, representado por el letrado Sr. Vázquez Díaz, contra la empresa Canalonsa Aluminio Lugo, S.L., que no compareció pese a estar citada en legal forma, y con intervención del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no compareció pese a estar debidamente citado, debo condenar y condeno a la expresada empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de mil ciento treinta y seis euros con veintiocho céntimos (1.136,28 euros) más el 10 % por mora. Ello sin perjuicio de la ulterior responsabilidad que pudiera alcanzar al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) en los casos legalmente previstos.

Ello con imposición de costas a la parte demandada (incluidos los honorarios del letrado de la parte contraria interviniente, hasta el límite de 600 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndose saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación, por razón de la cuantía reclamada, que no supera los 3.000 euros.

Y para que sirva de notificación en forma a Canalonsa Aluminio Lugo, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 28 de octubre de 2013

El secretario judicial