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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Jueves, 14 de noviembre de 2013 Pág. 44315

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (965/2011).

Tipo y número de recursos: recurso de suplicación 965/2011 MCR.

Juzgado de origen/autos: demanda 490/2010. Juzgado de lo Social número 3 de Lugo.

Recurrentes: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina.

Recurridos: Constantino Pinín Rodríguez, Empresa Luis Aldamiz Madariaga.

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento recurso de suplicación 965/2011 MCR de esta sección, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina contra la empresa Constantino Pinín Rodríguez, Empresa Luis Aldamiz Madariaga sobre jubilación, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Declarar inadmisible por razón de la cuantía el recurso de suplicación interpuesto por el demandante, contra la sentencia de fecha 13.1.2011 dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Lugo, en autos 490/10, que se declara, en consecuencia, firme.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción, que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.

Así, por este nuestro auto, lo pronunciamos, mandamos y firmamos con el secretario de la sala».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que conste y sirva de notificación a la empresa Luis Aldamiz Madariaga, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 21 de octubre de 2013

La secretaria judicial