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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 12 de noviembre de 2013 Pág. 43968

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 4 de noviembre de 2013 por la que se convocan las actividades que forman parte del Plan de formación permanente para el personal de las escuelas infantiles 0-3 de Galicia.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 27.23, le asigna a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de asistencia social.

La Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales, incluye, en su artículo 3.e), como uno de los objetivos del sistema gallego de servicios sociales, proporcionar oportunidades y recursos que garanticen la igualdad entre mujeres y hombres y posibiliten la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, y en el artículo 3.i) garantizar el apoyo a las familias como marco de referencia en el que se desarrollen las personas.

Asimismo, la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia establece en su artículo 1 como objeto de la misma el reconocimiento de la familia como estructura básica de la sociedad y ámbito natural de desarrollo de la persona, regulando la obligación que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia tienen de apoyar y proteger a las familias y a sus miembros y, en especial, a los niños y a las niñas y a los/as adolescentes.

El Decreto 42/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo y Bienestar, le atribuye a la Dirección General de Familia e Inclusión el ejercicio de las políticas de apoyo a la familia y a la infancia.

En este marco legal la Consellería de Trabajo y Bienestar gestiona la red de escuelas infantiles 0-3 de la Xunta de Galicia.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en su artículo 102 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las administraciones y de los propios centros.

En este contexto se convoca el Plan de formación 2013 para el personal de la red de escuelas infantiles 0-3, que tiene por objeto dar respuesta a las necesidades de formación de todo el personal de los centros y propiciar la actualización de los conocimientos científicos y didácticos de los equipos educativos.

Para la elaboración de esta nueva propuesta de formación, se tuvieron en cuenta las valoraciones y demandas de los/as profesionales que participaron en el plan de formación de 2012. Con base en estos resultados se elabora la nueva propuesta que recoge dos modalidades de formación, los cursos de actualización científica y didáctica y la formación en centros.

En virtud de lo expuesto

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

El objeto de esta orden es convocar las actividades formativas que integran el Plan de formación permanente para el personal de la Red de escuelas infantiles 0-3 de Galicia –integrada por las escuelas infantiles gestionadas por la Consellería de Trabajo y Bienestar y las gestionadas por el Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar– correspondiente al año 2013, tanto de la modalidad de cursos de actualización científica y didáctica como de formación en centros.

Artículo 2. Modalidades de formación

Las modalidades de formación que ofrece este plan son las siguientes:

1. Cursos y jornadas de actualización científica y didáctica.

En esta modalidad se incluyen todas las actividades formativas recogidas en el anexo I de esta orden.

Las fechas de cada curso, así como o lugar y las fechas de celebración, se publicarán con la antelación suficiente en la página web: www.escolasinfantis.net

2. Formación en centros.

Esta modalidad formativa está dirigida a los equipos educativos de las escuelas infantiles 0-3 que deseen iniciar una dinámica de trabajo conjunto, ahondar en algún aspecto considerado nuclear para el diseño y desarrollo de la planificación didáctica o buscar fórmulas de sensibilización de los/as integrantes del equipo con determinadas metodologías de trabajo.

Artículo 3. Cursos y jornadas de actualización científica y didáctica

1. Requisitos de los/as participantes.

Podrán solicitar su participación en los cursos y jornadas de actualización científica y didáctica, los/as profesionales que, reuniendo los requisitos establecidos para cada una de las actividades formativas relacionados en el anexo I, presten sus servicios en las escuelas infantiles 0-3 de gestión directa y se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de hijo/a o de familiar.

Podrán solicitar, asimismo, su participación aquellas personas que en el momento de la convocatoria estén disfrutando de los permisos por maternidad/paternidad o por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple.

Toda persona solicitante que al inicio de la actividad formativa correspondiente se encuentre en situación de baja laboral por incapacidad temporal quedará automáticamente excluida de la relación de admitidos/as.

2. Solicitudes. Plazo y documentación.

a) Las personas que cumpliendo los requisitos establecidos en el anexo I deseen participar en cualquiera de las actividades formativas, presentarán su solicitud de acuerdo con el modelo establecido en el anexo II, que podrán descargar en la sección de formación de la página web de la Red de escuelas infantiles 0-3 de Galicia (www.escolasinfantis.net).

Junto con el anuncio de las actividades formativas en el portal educativo se concretará el lugar y las fechas de celebración de cada una de ellas.

b) Con carácter general, el plazo de inscripción para cada una de las actividades formativas se abrirá con una antelación de 22 días hábiles a la fecha de inicio de la acción formativa correspondiente. Desde la apertura del plazo de inscripción, la persona interesada dispondrá de 3 días hábiles para formalizar su solicitud.

No obstante, con el fin de desarrollar todas las actividades formativas previstas en el Plan de formación 2013, la apertura del plazo de inscripción en cada procedimiento de admisión podrá variar de una actividad a otra, estableciéndose una antelación mínima de siete días hábiles antes de la fecha de inicio de la acción formativa correspondiente.

La inscripción podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:

Fax: 981 56 87 13.

Vía telemática: www.escolasinfantis.net

3. Cursos y jornadas de convocatoria directa.

El órgano convocante podrá designar directamente como destinatarios/as de alguna de las actividades que integran este plan de formación a determinados/as profesionales que carezcan de la formación considerada prioritaria para el desarrollo de su trabajo diario.

Al igual que los/as solicitantes seleccionados/as, las personas designadas directamente para alguno de los cursos, consumirán su opción preferente.

4. Criterios de selección.

a) Los criterios de selección aplicables en el acceso a las actividades formativas, serán los siguientes:

1º. Pertenencia a la categoría profesional a la que se dirige la convocatoria del curso.

2º. No haber realizado el mismo curso en ediciones anteriores.

Las personas que soliciten su participación en una actividad formativa en la que ya participaron en convocatorias anteriores, quedarán automáticamente excluidas de tal actividad.

3º. Orden de presentación de las solicitudes por cualquiera de las vías establecidas en el artículo 3.2.b) de esta norma.

4º. En cada curso o jornada se reservará una plaza para solicitantes que presenten el certificado de reconocimiento del grado de discapacidad.

b) Cuando el número de solicitantes sea superior al número de plazas ofertadas se elaborará una lista de espera. De quedar plazas vacantes para cualquiera de las actividades, se procederá al llamamiento telefónico de las personas que figuren en dicha lista.

Para la elaboración de las listas tanto de admitidos/as como de espera se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Todas las personas solicitantes tendrán preferencia para participar en una (1) acción formativa; estableciéndose la prioridad de acuerdo con el orden de presentación de la solicitud.

Una vez consumida la opción preferente se aplicará el criterio del número de actividades realizadas del presente plan de formación. En este sentido el orden de la lista se establecerá dando prioridad a aquellas personas que tengan menos actividades formativas realizadas. En el caso de que dos personas tengan el mismo número de cursos o jornadas realizados, la lista se establecerá en relación al orden de presentación de las solicitudes.

c) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de los/as aspirantes dará lugar a su exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso del plan de formación del presente año.

d) Las personas solicitantes o designadas para participar en una actividad formativa deberán estar de alta laboral en el momento del comienzo del curso. La situación de baja laboral por incapacidad temporal implicará la exclusión de estas personas de la relación de admitidos/as y de no comunicar dicha circunstancia, aun habiendo cumplido los requisitos de asistencia a la actividad, no se procederá a su certificación.

5. Publicación de las listas de admitidos/as.

Las listas de admitidos/as para cada actividad formativa serán publicadas en la página web: www.escolasinfantis.net el segundo día hábil contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de inscripción de cada una de ellas.

Las personas seleccionadas recibirán una notificación automática de su admisión.

6. Requisitos de asistencia.

a) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos o jornadas. Para la obtención de la correspondiente certificación de la actividad, la ausencia por causas justificadas no podrá exceder del 25 % de las horas presenciales de cada una. Esta ausencia justificada deberá ser acreditada documentalmente, enviando dicho documento a la siguiente cuenta de correo: formacion.ei@igualdadebenestar.org en un plazo máximo de 10 días naturales después de que la actividad finalice. La ausencia, aun justificada, superior al 25 % de las horas presenciales determinará la pérdida del derecho a la obtención de la correspondiente certificación.

La falta de acreditación documental de la causa o causas alegadas podrá determinar no solo la pérdida del derecho a la obtención de la certificación, sino que podrá ser causa de exclusión de las convocatorias de los restantes cursos del Plan de formación permanente 2013.

b) Durante la celebración de las actividades formativas se llevará un control permanente de asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto y, asimismo, constarán como incidencias las ausencias dentro de cada sesión. Esto implica que la persona participante tendrá que anotar la hora de llegada o salida, en el caso de hacerlo durante la duración oficial de la actividad, para poder acreditar el tiempo que faltó. De no hacerlo así y realizarse un control de asistencia extraordinario, perderá el derecho a recibir el certificado.

c) La parte no presencial de las actividades formativas será acreditada mediante el trabajo práctico fijado por el/la ponente de cada una y le será remitido, por parte del/de la alumno/a, en el plazo establecido por el mismo/a. La no remisión de dicho trabajo siguiendo los requisitos mínimos de calidad y los plazos fijados en el diseño de cada actividad, implicará la pérdida del derecho a la certificación de la actividad formativa correspondiente.

7. Evaluación y certificados.

La evaluación de los conocimientos adquiridos por el alumnado se realizará siguiendo los criterios establecidos en el diseño de cada una de las actividades.

El certificado acreditativo de la actividad formativa se expedirá únicamente a aquellas personas que cumplan los requisitos de la actividad correspondiente.

8. Anulación de la reserva.

Cuando una persona seleccionada no pueda asistir a la actividad para la que está admitida, deberá comunicar su renuncia por cualquiera de las vías señaladas en el artículo 3.2.b) de esta norma, en el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de admitidos/as.

De no hacerlo así, salvo causa justificada, no podrá ser admitida a ninguna de las actividades formativas integradas en este plan de formación.

La cobertura de las plazas vacantes por bajas se realizará según el orden de la lista de espera.

9. Suspensión o modificación de las actividades formativas.

En el supuesto de que el número de solicitantes a una actividad formativa sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la Administración se reserva el derecho a suspender, modificar las fechas o agrupar varias ediciones de la misma actividad. En este supuesto, la comunicación a las/os interesadas/os se hará a través de la página web: www.escolasinfantis.net

Asimismo, el órgano convocante podrá acordar la suspensión o sustitución de alguna de las actividades formativas recogidas en el anexo I, cuando por causas ajenas a este concurran circunstancias que hagan inviable su celebración.

Artículo 4. Formación en centros

1. Requisitos de los equipos participantes.

Podrán solicitar su participación en esta modalidad, los equipos educativos de las escuelas infantiles de gestión directa de la red de escuelas infantiles 0-3.

2. Características de la formación en centros.

La formación en centros tiene por objeto:

– Mejorar la práctica profesional colaborando en equipo, analizando contenidos y proponiendo iniciativas para planificar la formación necesaria.

– Profundizar en el estudio de determinados temas educativos que van surgiendo a partir de las aportaciones de las personas participantes.

– Promover el intercambio de experiencias y el debate interno de los/as participantes.

El desarrollo de los proyectos de formación en centros, se estructura en dos fases:

– La primera, de documentación y desarrollo del proyecto a partir de los objetivos propuestos, a la que se dedicará el 80 % de las horas totales del proyecto aprobado, mediante la constitución de un grupo de trabajo.

Esta fase podrá ser apoyada por una asesoría externa o bien por una actividad de carácter docente.

– La segunda, de reflexión conjunta y elaboración de la memoria de evaluación del proyecto por parte de todas/as los/as participantes, a la que se dedicará el 20 % de las horas totales del proyecto.

3. Componentes.

El grupo de trabajo estará constituido por un mínimo de 3 personas y un máximo de 20 pertenecientes al mismo o a distintos centros educativos, incluyendo en este cómputo a la persona responsable de la coordinación del grupo.

El coordinador o coordinadora será la persona responsable de la presentación del proyecto y de la justificación del mismo, de la organización del trabajo del grupo, de la convocatoria y coordinación de las reuniones y de la presentación de la memoria una vez finalizado el proyecto.

La sede del grupo de trabajo será la escuela infantil a la que pertenezca la persona responsable de la coordinación del proyecto.

4. Duración.

El número total de horas de los proyectos de formación en centros será de 10, 20, 30, 40 o 50 horas.

5. Solicitudes. Plazo y documentación.

Para participar en esta modalidad de formación será necesario presentar una solicitud debidamente cumplimentada y firmada por la persona responsable de la coordinación de la actividad formativa, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo III de esta orden, dirigida a la Comisión Técnica de Valoración de la Formación en Centros integrada por dos miembros del Equipo de Atención Educativa del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar y por un/a técnico/a de la Dirección General de Familia e Inclusión del ámbito de educación infantil.

La solicitud irá acompañada de un breve plan de trabajo que de acuerdo con los apartados del anexo III incluya la justificación, los objetivos de formación y de repercusión en la práctica educativa, el programa de contenidos y actividades, la metodología de trabajo que se pretende seguir, la organización de los recursos humanos y materiales, el establecimiento de criterios y procesos para la evaluación de los diferentes aspectos del proyecto y la temporalización de la actividad.

Las solicitudes se presentarán con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista para el inicio de la actividad formativa. Una vez presentada la solicitud, la Comisión Técnica de Valoración de la Formación en Centros deberá resolver en un plazo máximo de 15 días naturales a partir del día siguiente a la fecha en la que se presentó la solicitud.

El proyecto deberá contar con el informe favorable de la comisión.

La presentación de las solicitudes será telemática descargando la solicitud de la página web de formación en centros del Plan de formación 2013 y enviándola al correo electrónico formacion.ei@igualdadebenestar.org

Una vez finalizada la actividad formativa, la persona responsable de la coordinación presentará ante la comisión, a través del correo electrónico formacion.ei@igualdadebenestar.org la memoria final, siguiendo los apartados establecidos en el modelo del anexo IV de esta orden, debiendo aportar además los documentos acreditativos necesarios para la valoración de la actividad formativa por parte de la Comisión Técnica de Valoración de la Formación en Centros. El plazo máximo de presentación de la memoria será de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha de finalización de la actividad formativa.

6. Asistencia a las actividades de formación en centros. Criterios de exclusión.

1) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de la actividad formativa. Para la obtención de la correspondiente certificación, la ausencia por causas justificadas no podrá exceder del 15 % de las horas totales de la acción formativa. Esta ausencia justificada deberá ser acreditada documentalmente ante el/la coordinador/a del curso en un plazo máximo de 10 días naturales después de finalizada la actividad formativa.

La falta de acreditación documental de la causa o causas alegadas, podrá determinar no solamente la pérdida del derecho a la obtención de la certificación, sino que podrá ser causa de exclusión de las convocatorias de las restantes acciones formativas del Plan de formación permanente 2013.

La persona responsable de la coordinación del proyecto llevará un control de asistencia de las personas participantes del equipo.

2) La falta de asistencia, aun justificada documentalmente, de un número de horas superior a las establecidas en el punto anterior, determinará, asimismo, la pérdida del derecho a la certificación de la actividad.

7. Evaluación y certificados de la formación en centros.

La Comisión Técnica de Valoración de la Formación en Centros realizará la evaluación final de las actividades de formación en centros teniendo en cuenta la memoria final y la documentación presentada, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de finalización del plazo de entrega de las citadas memorias.

El acta de evaluación reflejará el número de horas reconocidas a cada grupo de trabajo a efectos de certificación atendiendo a las actas de las reuniones de trabajo, a los materiales entregados y a la coherencia y calidad de la memoria presentada.

A las personas participantes en el grupo de trabajo se les expedirá la certificación acreditativa de la coordinación o participación, una vez presentada y evaluada positivamente la memoria final.

La certificación de las horas no podrá superar, en ningún caso, el límite del cómputo global de horas por el que fue aprobado el proyecto.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2013

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar

ANEXO I
Cursos y jornadas de actualización científica y didáctica

Curso/jornada

Ediciones

Horas

Plazas/

actividad

Destinatarios/as

La música y la psicomotricidad en la escuela infantil 0-3

1

16

450

Personal de la red de escuelas infantiles

El juego y lo cotidiano en la escuela infantil 0-3

1

16

900

Personal de la red de escuelas infantiles

Experiencias de referencia en el ámbito educativo de 0-3

1

16

450

Personal de la red de escuelas infantiles

Herramientas para la gestión administrativa: hojas de cálculo

4

16

30

Personal de la red de escuelas infantiles

Manipulación de alimentos

4

16

30

Personal de la red de escuelas infantiles

Primeros auxilios pediátricos

3

16

30

Personal de la red de escuelas infantiles

Agrupamientos heterogéneos en la escuela infantil 0-3

2

16

30

Personal de la red de escuelas infantiles

Período de adaptación en la escuela infantil 0-3

4

16

30

Personal de la red de escuelas infantiles

Espacios y ambientes en la escuela infantil 0-3

3

16

30

Personal de la red de escuelas infantiles

Las familias y la comunidad en la vida diaria de la escuela infantil 0-3

2

16

30

Personal de la red de escuelas infantiles

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