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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 12 de noviembre de 2013 Pág. 44032

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicas las listas provisionales para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 6.2 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, para la inclusión en las listas elaboradas de conformidad con este decreto que se encuentran en gestión y una vez que la Comisión Permanente Central acordó, en su reunión del día 16 de octubre del presente año, elevar a este centro directivo las listas correspondientes, esta dirección general,

RESUELVE:

Primero. Hacer públicas las listas provisionales para la cobertura, con carácter transitorio, de plazas reservadas a personal funcionario correspondientes a los cuerpos y escalas que se incluyen en el anexo I de esta resolución, así como para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal laboral correspondientes a los grupos y categorías que se incluyen en el anexo II, con indicación de las puntuaciones provisionales resultantes de la aplicación del baremo establecido en el artículo 9 del Decreto 37/2006.

Segundo. Las listas se encuentran a disposición de los interesados en el Servicio del Registro General e Información de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en las oficinas de Registro e Información de los edificios administrativos de la Xunta de Galicia, en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia y en la página web de la Xunta de Galicia (www.xunta.es) en el epígrafe Función Pública.

En dichas listas figura la siguiente información:

– Solicitantes admitidos en la lista con indicación de la puntuación provisional.

– Solicitantes excluidos con expresión de la causa de exclusión.

Tercero. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar reclamaciones ante la Comisión Permanente Central (Dirección General de la Función Pública, Consellería de Hacienda, Edificio Administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela).

Adjunto a dichas reclamaciones se aportará, en su caso:

– Documentación que subsane la causa de exclusión.

– Certificación de servicios prestados en la Xunta de Galicia en el mismo grupo, categoría, cuerpo o escala, según el modelo que figura como anexo III a esta resolución, que deberá ser expedida por las unidades siguientes:

– Servicios centrales:

Secretaria/o general técnica/o, subdirector/a general o jefas/es de servicio que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal, dependientes de la secretaría general técnica de la consellería respectiva o de sus organismos autónomos donde esté prestando servicios o donde los prestó por última vez.

– Servicios periféricos:

Jefas/es territoriales o funcionaria/o responsable del área de personal de los departamentos territoriales, directores provinciales o delegados comarcales de la consellería o del ente público instrumental donde preste servicios o donde los prestó por última vez.

– Certificación de servicios prestados en ayuntamientos o mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia en la misma categoría, categorías análogas o asimilables a las categorías adscritas a los servicios de prevención y defensa contra incendios forestales de la Administración de la Xunta de Galicia y del Pladiga. La certificación se ajustará al modelo que figura como anexo IV a la presente resolución y deberá ser firmada por la/el secretaria/o del ayuntamiento.

En el supuesto de que alguno de los excluidos de las citadas listas no presente la documentación necesaria para subsanar la causa de exclusión, quedará definitivamente excluido.

Cuarto. A partir de la publicación de esta resolución en el DOG, los solicitantes provisionalmente admitidos o excluidos podrán presentar solicitud de suspensión de llamamientos de conformidad con lo establecido en el artículo 15.2 del Decreto 37/2006, que se encuentra a su disposición en la página web de la Xunta de Galicia (www.xunta.es), en el epígrafe de listas de contratación temporal.

Una vez transcurrido el plazo para formular alegaciones, se llevarán a efecto las enmiendas procedentes dándosele la oportuna publicidad en el DOG.

Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2013

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO I
Cuerpos y escalas (personal funcionario)

Grupo

Cuerpo/escala

Denominación

A1

205G

Escala de sistemas y tecnología de la información.

A1

206K

Escala de facultativo de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de Archivos.

A1

206L

Escala de facultativo de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de Bibliotecas.

A1

210A

Escala de inspección urbanística.

A1

2060

Cuerpo superior de la Administración de la Xunta de Galicia.

A1

2061

Escala de arquitectos.

A1

2062

Escala de ingenieros/as de caminos, canales y puertos.

A1

2063

Escala de ingenieros/as agrónomos.

A1

2064

Escala de ingenieros/as industriales.

A1

2065

Escala de ingenieros/as de minas.

A1

2066

Escala de ingenieros/as de montes.

A1

2067

Escala de veterinarios.

A1

2068

Escala de biólogos/as.

A1

2069

Escala de químicos/as.

A1

2083

Escala superior de estadísticos.

A1

2086

Escala superior de finanzas.

A1

2093-01

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Derecho.

A1

2093-02

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Procesos de Cultivo Acuícola.

A 1

2093-03

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Navegación Marítima.

A1

2093-04

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Pesca Marítima.

A1

2093-05

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Inglés Marítimo.

A1

2093-07

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Intervenciones Subacuáticas e Hiperbáricas.

A1

2093-08

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Comunicaciones.

A1

2093-09

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Máquinas e Instalaciones Marinas.

A1

2093-10

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Procesos Sanitarios.

A1

2093-11

Escala de profesores numerarios. Especialidad en Formación y Orientación Laboral.

A2

205F

Escala técnica de finanzas.

A2

205H

Escala de gestión de sistemas de informática.

A2

206I

Escala técnica de inspección turística.

A2

206N

Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de Archivos.

A2

206X

Escala técnica de inspección de consumo.

A2

210B

Escala de subinspección urbanística.

A2

2051

Cuerpo de gestión de la Administración de la Xunta de Galicia.

A2

2052

Escala de ingenieros/as técnicos forestales.

A2

2073

Escala de arquitectos/as técnicos.

A2

2074

Escala de ingenieros/as técnicos de obras públicas.

A2

2075

Escala de ingenieros/as técnicos industriales.

A2

2077

Escala de ingenieros/as técnicos agrícolas.

A2

2085

Escala técnica de estadística.

A2

2094-01

Escala de maestros de taller. Especialidad en Servicios Subacuáticos e Hiperbáricos.

A2

2094-02

Escala de maestros de taller. Especialidad en Máquinas y Producción.

A2

2094-03

Escala de maestros de taller. Especialidad en Servicios al Buque.

A2

2097

Escala de agentes de extensión pesquera.

C1

205I

Escala técnica auxiliar de informática.

C1

2053

Cuerpo administrativo de la Xunta de Galicia.

C1

2081

Escala de delineantes.

C2

2054

Escala de agentes forestales.

C2

2059

Cuerpo auxiliar de la Xunta de Galicia.

2055

Agrupación profesional.

ANEXO II
Grupos y categorías (personal laboral)

Grupo

Categoría

Denominación

I

002

Titulado/a superior médico/a, médico/a geriatra, médico/a CEI, médico/a adjunto/a, médico/a.

I

004

Titulado/a superior.

I

006

Titulado/a superior psicólogo/a.

I

019

Titulado/a superior especialista. Titulado/a superior farmacéutico/a.

I

023

Documentalista.

II

001

Director/a-administrador/a. Director/a de centro social. Director/a casa de la juventud. Subdirector/a residencia juvenil. Preceptor/a residencia. Director/a centro. Jefe/a del servicio administrativo del IGAEM. Secretario/a de residencia. Director/a de cocina de hermandad. Director/a de clínica deportiva.

II

002

ATS, enfermero/a, practicante, DUE.

II

005

Profesor/a. Profesor/a titular. Profesor/a EGB. Maestro/a. Profesor/a de educación física. Profesor/a de matemáticas.

II

006

Educador/a, profesor/a especial.

II

007

Titulado/a grado medio.

II

011

Fisioterapeuta.

II

017

Asistente social.

II

020

Terapeuta ocupacional.

II

021

Monitor/a ocupacional.

II

027

Técnico/a superior diplomado/a en informática (antiguo analista de aplicaciones (titulado/a medio) y antiguo analista programador/a (titulado/a medio).

II

031

Restaurador/a.

II

033

Profesor/a de danza clásica.

II

037

Titulado/a medio/a formación ocupacional.

II

038

Perito-judicial diplomado/a.

II

040

Maestro/a especialista en educación infantil.

III

002

Encargado/a administrativo/a. Jefe/a de negociado. Jefe/a administración. Jefe/a 2ª administración. Administrador/a. Secretario/a-administrador/a residencia juvenil. Administrador/a de producción de centros. Secretario/a de dirección del IGAEM. Ayudante/a de dirección y difusión de la música. Ayudante/a de dirección y difusión del CDG.

III

004

Gobernante/a, gobernante/a servicios domésticos, encargado/a lavadero, ropero, plancha.

III

005

Intendente. Encargado/a de establecimiento. Encargado/a de almacén.

III

006

Jefe/a de servicios técnicos. Encargado/a de mantenimiento. Conservador/a de edificios. Encargado/a oficios varios mantenimiento. Jefe/a de taller. Encargado/a de trabajos. Especialista de oficios.

III

012

Maestro/a de taller.

III

014

Jefe/a de cocina.

III

050

Técnico/a especialista jardín de infancia.

III

063

Oficial 1ª conductor/a, conductor/a 1ª, conductores/as altos cargos, conductor/a mecánico/a.

III

065

Oficial 1ª cocina, oficial 1ª cocinero, jefe/a cocina, cocinero/a 1ª.

III

066

Ayudante taller, adjunto/a taller.

III

069

Oficial servicios técnicos, oficial 1ª mantenimiento, oficial 1ª oficios varios, oficial de primera.

III

078

Subgobernante/a.

III

090

Animador/a sociocultural.

III

104

Intérprete de lenguaje de signos.

IV

001

Auxiliar grabación. Oficial/a 2ª linotipista. Auxiliar administrativo/a. Oficial 2ª administrativo/a. Técnico/a auxiliar en informática. Operador/a máquina elemental. Auxiliar.

IV

003

Auxiliar sanitario, auxiliar clínica, auxiliar psiquiátrico/a, auxiliar de enfermería, cuidador/a geriátrico, cuidador/a.

IV

004

Auxiliar hogar, cuidador/a auxiliar, auxiliar cuidador/a, auxiliar de internado.

IV

005

Oficial 2ª cocina, cocinero/a oficial 2ª.

IV

006

Ayudante/a servicios técnicos. Oficial/a 2ª mantenimiento.

IV

009

Oficial 2ª agrario/a.

IV

011

Auxiliar de laboratorio.

IV

016

Conductor/a.

IV

017

Almacenero/a, despensero/a.

IV

020

Conserje (cuando tengan a su cargo personal subalterno u ordenanza).

IV

021

Oficial/a 2ª carpintero/a. Auxiliar carpintería.

IV

025

Cargador/a. Tramoyista.

IV

030

Auxiliar formación ocupacional.

IV

031

Peón caminero/a.

IV

035

Auxiliar de archivos y bibliotecas.

IV

036

Auxiliar de museos.

IV

039

Auxiliar de autopsia.

V

001

Camarero/a-limpiador/a, ayudante cocina, planchador/a-lavandero/a, costurero/a, cortador/a, planchador/a, lavandero/a.

V

002

Ayudante de trabajos u oficios, ayudante albañil, peón/a especializado/a, fontanero/a, ayudante, hortelano/a, ayudante trabajos, encargado/a jardín.

V

003

Ordenanza, celador/a, vigilante de oficinas, vigilante nocturno/a, vigilante, subalterno/a, portero/a, recepcionista, telefonista, sereno, guarda, guarda jurado.

V

008

Peón/ona agrario/a.

V

009

Celador/a de segunda. Vigilante de recursos naturales.

V

10E

Vigilante de archivos, bibliotecas y museos.

V

10F

Peón/ona forestal.

V

011

Limpiador/a, fregador/a, empleado/a comedor, empleado/a cocina-pinche, servicio doméstico. Mozo/a de limpieza, pinche de cocina, personal de servicios generales.

V

012

Peón/a, laborante, barredor/a, mozo/a servicios, mozo/a laboratorio, mozo/a, pastor/a, jardinero/a, mozo/a transportes, peón/a jardinero/a, EFU, mozo/a mantenimiento, mozo/a subalterno.

Grupos y categorías de personal laboral de los servicios de prevención y defensa
contra incendios forestales y de personal del Pladiga

Grupo

Categoría

Denominación

I

038

Técnico superior de defensa contra incendios forestales.

II

039

Técnico forestal de defensa contra incendios forestales.

III

100

Jefe de cuadrilla de defensa contra incendios forestales.

IV

032

Operador/a codificador/a de defensa contra incendios forestales.

IV

033

Conductor motobomba de defensa contra incendios forestales.

IV

037

Oficial 2ª mecánico de defensa contra incendios forestales.

V

10A

Vigilante móvil de defensa contra incendios forestales.

V

10B

Vigilante fijo de defensa contra incendios forestales.

V

10C

Emisorista de defensa contra incendios forestales.

V

014

Peón de defensa contra incendios forestales.

V

14A

Peón conductor de defensa contra incendios forestales.

ANEXO III
Certificación de servicios prestados

(Resolución de..., DOG nº... de... de... de 201...)

Dª/D...

(Nombre de la/del funcionaria/o que certifica)

Cargo...

CERTIFICA

Que según los antecedentes que constan en este centro directivo y a la vista de la documentación aportada por la/el interesada/o, de la que se conserva una copia cotejada en esta unidad, doña/don... con DNI nº... prestó servicios en el cuerpo, escala, grupo y categoría y en los períodos y consellerías y/o organismos autónomos de la Xunta de Galicia que a continuación se:

Grupo/categoría

(código)

Cuerpo/escala

(código)

Denominación
del puesto

Consellería u organismo autónomo de la Xunta de Galicia

Código del puesto de

trabajo

(en su caso)

Discontinuo

(sí/no)*

Fin de semana

(sí/no)*

Fecha inicio

Fecha
fin

Total

(en días)*

Y para que así conste, firmo la presente certificación en..., ... de... de 201...

(Firma)

* Nota:

– Los servicios prestados abarcarán exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2012.

– Es muy importante que en caso de puestos discontinuos o de fin de semana se reflejen exclusivamente los días efectivamente trabajados.

ANEXO IV
Certificación de servicios prestados en ayuntamientos o mancomunidades de
municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia

(Resolución de..., DOG nº... de... de... de 201...)

Dª/D...

(Nombre de la/del funcionaria/o que certifica)

secretario del ayuntamiento de...

CERTIFICA

Que según los antecedentes que constan en este ayuntamiento o mancomunidad de municipios, doña/don... con DNI nº... prestó servicios en este ayuntamiento o mancomunidad de municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el grupo y categoría y en los períodos que a continuación se indican:

Grupo/categoría

(código)

Denominación

del puesto

Ayuntamiento o mancomunidad de municipios

Código del puesto de

trabajo

(en su caso)

Discontinuo

(sí/no)*

Fin de semana

(sí/no)*

Fecha

inicio

Fecha

fin

Total

(en días)*

Y para que así conste, firmo la presente certificación en..., ... de... de 201...

(Firma)

Visto bueno El/la secretario/a

El/La alcaldesa

* Nota:

– Los servicios prestados abarcarán exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2012.

– Es muy importante que en el caso de puestos discontinuos o de fin de semana se reflejen exclusivamente los días efectivamente trabajados.