Encarnación Tubío Lariño, secretaria judicial sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 912/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jessica Candal Varela contra la empresa Rosas y Grelos, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Jessica Candal Varela contra la empresa Rosas y Grelos, S.L.U., debo de declarar y declaro el derecho del actor a percibir la cantidad de dos mil quinientos cuarenta y cuatro euros con setenta y siete céntimos por los conceptos que se expresan en el hecho probado segundo de esta resolución y, en tal sentido, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que, estando y pasando por tal declaración, abone al actor la referida cantidad, incrementada en el 10 % de interés por mora.
Y debo de absolver y absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del E.T.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Rosas y Grelos, S.L., expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 14 de octubre de 2013
La secretaria judicial