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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Lunes, 4 de noviembre de 2013 Pág. 43109

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1112/2011).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1112/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marta Rey Suárez, contra la empresa Diseño y Servicios Gráficos, S.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 541/2013.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: reclamación cantidad 1112/2011.

Demandante: Marta Rey Suárez.

Letrado: Sr. Méndez Sanjurjo.

Demandado: Diseño y Servicios Gráficos, S.L.

Letrado:

Fogasa.

Sentencia 541/2013.

A Coruña, 30 de septiembre de 2013

Fallo.

Estimo la demanda formulada por Marta Rey Suárez frente a Diseño y Servicios Gráficos, S.L. y, en consecuencia, condeno a esta a pagarle a la primera la suma de 24.922,92 euros en concepto de salarios adeudados, así como el 10 % de interés por demora, debiendo pasar el Fogasa por la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo, el juez de refuerzo de los juzgados de lo Social de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Diseño y Servicios Gráficos, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 30 de septiembre de 2013

La secretaria judicial