Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Expediente: RL 2009/0128-4.
Acta: I362009000011987.
Empresa: Galeserga Servicios Generales de Galicia, S.L.
DNI/NIF: B-36897072.
Dirección: República Argentina, 22, 1, entresuelo, oficina 3, Vigo.
Materia: seguridad y salud.
Preceptos infringidos: artículo 3.1 del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, en relación con el anexo I.1.3, 1.8, así como artículo 3.4 en relación con el anexo II.1.4, 1.5, y artículo 5 de la misma norma.
Preceptos sancionadores: artículos 5.2, 12.16.b), 39.3.a), b), c) y h) y 40.2.b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Fecha de la resolución: 4.10.2013.
Resolución: dejar sin efecto el acta de infracción y proceder al archivo del expediente.
Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes, contado desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Vigo, 10 de octubre de 2013
María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo