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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Jueves, 31 de octubre de 2013 Pág. 42796

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (148/2013).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 148/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Pablo Mejía Blanco contra la empresa Buzoneos Galicia, S.L. sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 527/2013.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: despido 148/2013.

Demandante: Pablo Mejía Blanco.

Letrado: Sr. Fandiño Ucha.

Demandado: Buzoneos Galicia, S.L.

Letrada: Sra. Prosper Montalvo.

Sentencia 527/2013.

A Coruña, 27 de septiembre de 2013

Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por Pablo Mejía Blanco frente a la empresa Buzoneos Galicia, S.L., y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido con extinción de la relación laboral a fecha de esta sentencia, y condeno a la empresa al abono a la demandante de la suma de 1.037,11 euros en concepto de indemnización.

2º. El Fogasa deberá de pasar por lo decidido en esta resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabientes suyos, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Buzoneos Galicia, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 27 de septiembre de 2013

La secretaria judicial