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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 25 de octubre de 2013 Pág. 42172

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (51/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 51/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Vaamonde Villasenín contra la empresa Autos 33, S.A., APV Motor, S.A., Millarent, S.L., Sanrent, S.L. y el Fogasa, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por José Manuel Vaamonde Villasenín contra APV Motor, S.A., Autos 33, S.A., Millarent, S.L., Sanrent, S.L. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido del actor de que fue objeto con efectos de 15 de febrero de 2013, declaro resuelta la relación laboral del demandante a fecha de la presente resolución con condena a APV Motor, S.A., Millarent, S.L. y Sanrent, S.L. a pagar solidariamente 45.602,37 euros en concepto de indemnización.

Estimo parcialmente la acción de reclamación de cantidad y condeno a APV Motor, S.A., Millarent, S.L. y Sanrent, S.L. a abonar solidariamente al actor 7.524,6 euros.

Absuelvo a Autos 33, S.A.

No ha lugar a condenar en esta instancia al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad en los términos del artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada-jueza»

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada Autos 33, S.A., por hallarse en ignorado paradero, se inserta el presente edicto en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 2013

La secretaria judicial