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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 22 de octubre de 2013 Pág. 41694

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2013 por la que se da publicidad a los acuerdos de modificación de los estatutos de la Mancomunidad de Ayuntamientos de A Mariña Luguesa.

El artículo 143 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, señala que en los supuestos de modificación de una mancomunidad la iniciativa corresponderá al pleno de la mancomunidad, de oficio o a instancia de los ayuntamientos que la constituyen. Este acuerdo se someterá a información pública por el plazo de un mes y a informe de la diputación o diputaciones provinciales respectivas y de la consellería competente en materia de régimen local. Terminado el plazo de exposición pública y recibidos los informes, se someterá el acuerdo de modificación a los plenos de los entes mancomunados y se resolverán además, las alegaciones presentadas al respecto. Dicho acuerdo requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de cada una de las corporaciones de las entidades que integran la mancomunidad.

Aprobado el acuerdo de modificación, por la mayoría de las entidades mancomunadas, el presidente de la mancomunidad remitirá copia certificada de los acuerdos a la consellería competente en materia de régimen local, para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y se los comunicará a la Administración central del Estado a los efectos establecidos por la legislación básica de régimen local.

Con fecha de 2 de octubre de 2013 se recibió escrito del presidente de la Mancomunidad de Ayuntamientos de A Mariña Luguesa en el que se aporta certificación de los acuerdos plenarios de los ayuntamientos de Burela, Riotorto, Barreiros, Mondoñedo, Alfoz, Foz, O Valadouro, Cervo, Lourenzá, O Vicedo, Ourol, Xove, A Pontenova, Ribadeo y Trabada por los que se aprueba la modificación de los estatutos de la dicha mancomunidad, que solamente afecta al artículo 1.

En ese mismo escrito se aportan las certificaciones de los acuerdos plenarios de los ayuntamientos de Viveiro y Abadín, en que acuerdan su separación unilateral de la Mancomunidad de Ayuntamientos de A Mariña Luguesa.

Por tanto, el director general de Administración Local

acuerda:

Disponer la publicación de la modificación del artículo 1 de los estatutos de la Mancomunidad de Ayuntamientos de A Mariña Luguesa.

«Artículo 1. Composición y denominación

Con la denominación de Mancomunidad de Ayuntamientos de A Mariña Luguesa e integrada por los ayuntamientos de Alfoz, Barreiros, Burela, Cervo, Foz, Lourenzá, Mondoñedo, Ourol, A Pontenova, Ribadeo, Riotorto, Trabada, O Valadouro, O Vicedo y Xove se constituye dicha entidad local, al amparo de lo establecido en los artículos 135 y siguientes de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y en la legislación básica estatal, con personalidad jurídica propia y capacidad para el cumplimiento de los fines específicos establecidos en estos estatutos».

Santiago de Compostela, 2 de octubre de 2013

José Norberto Uzal Tresandí
Director general de Administración Local