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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 16 de octubre de 2013 Pág. 40999

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (661/2010).

Mª Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 661/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Calixto Rodríguez Alonso contra la empresa Exfoga, S.L., Brauron, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Calixto Rodríguez Alonso, contra Exfoga, S.L. y Brauron, S.L., debo declarar y declaro que las mercantiles demandadas le adeudan al demandante la suma de ocho mil novecientos veintisiete euros con cuatro céntimos (8.927,04 €) y, en consecuencia, debo condenar y condeno a las mercantiles demandadas a que le abonen solidariamente al demandante, con la responsabilidad del Fogasa en los términos de los artículos 33 del Estatuto de los trabajadores, la suma de ocho mil novecientos veintisiete euros con cuatro céntimos (8.927,04 €) en concepto de salarios, más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores respecto de dicha cantidad, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Notifíquese a las partes y al Fogasa la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Exfoga, S.L., actualmente en paradero desconocido inserto el presente en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2013

La secretaria judicial