Según consta en los expedientes, intentada la práctica de la notificación a Nicolás Alfredo Sande Alonso, en relación con los expedientes sancionadores en materia de juego OU-16/12 y C-3/13 que se relacionan en el anexo que se adjunta, no fue posible efectuarla, por lo que la Dirección General de Emergencias e Interior acuerda que se proceda a la notificación de dichas resoluciones por medio de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Lugo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre).
El interesado podrá examinar las citadas resoluciones completas en el Servicio de Juego de la Dirección General de Emergencias e Interior, situado en la calle Roma, 25-27, de Santiago de Compostela, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero, contra las resoluciones de los expedientes indicados, que no agotan la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso de alzada, ante el vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, pudiendo interponerse dicho recurso o cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho ante esta dirección general y/o ante la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2013
Santiago Villanueva Álvarez
Director general de Emergencias e Interior
ANEXO
Expedientes: OU-16/12 y C-3/13.
Interesado: Nicolás Alfredo Sande Alonso.
DNI/NIF: 33237824H.
Último docimilio conocido: calle Doutor Ochoa, 37-1º izq., 27004 Lugo.
Fecha de la resolución: 24 de enero de 2013.
Tipificación y precepto infringido: leve.
Sanción: apercibimiento.