De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona interesada que se relaciona en el anexo la resolución del expediente sancionador S-P-07.13 por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Los interesados podrán examinar el expediente en el Servicio de Patrimonio Cultural de la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en Pontevedra.
Santiago de Compostela, 10 de septiembre de 2013
Roberto Pena Puentes
Jefe del Servicio de Vigilancia e Inspección
ANEXO
Nº de expediente: S-P-07.13.
Interesada: María Fernanda Grande Santos.
Último domicilio conocido: calle Lorenzo de la Carrera, 2, Baiona (Pontevedra).
Hechos imputados: obras de sustitución de carpintería metálica en el bajo del edificio nº 2 de la calle Lorenzo de la Carrera y la instalación de una máquina expendedora en la calle Ventura Misa, en el conjunto histórico de Baiona, sin licencia municipal y sin la previa y preceptiva autorización de la Consellería de Cultura.
Tipificación: artículo 91.h) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.
Precepto sancionador: artículo 95 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.