Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se le notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Expediente: RL 2013/0114-4.
Acta: I362013000045952.
Empresa: Quality Trucks, S.A.
NIF: A-38302279.
Dirección: polígono industrial As Gándaras de Budiño, 53, O Porriño.
Materia: obstrucción.
Preceptos infringidos: artículos 50 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto; artículo 12 del Convenio 81 de la OIT, de 11 de julio de 1947, y artículos 11, 5.3.2 y 7.2 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, en relación con el artículos 40 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Preceptos sancionadores: artículos 50.2, 39.1, 39.2 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Fecha de la resolución: 23.7.2013.
Resolución: multa de 626 €.
Se hace saber al interesado que puede formular recurso de alzada, ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda.
Vigo, 2 de septiembre de 2013
P.A. (Decreto 42/2013, de 21 de febrero)
Susana Figueroa Martínez
Jefa del Servicio de Coordinación Administrativa