De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a seguir se relacionan, los requerimientos de pago de las sanciones impuestas por resolución firme en expedientes sancionadores por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres; puesto que las personas sancionadas no las abonaron.
El importe de la sanción deberá ser pagado dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente a la publicación de esta cédula, mediante ingreso en cualquier oficina del BBVA, de Caixa Galicia, de Caixanova o de Banesto, empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de la Dirección General de Movilidad.
De no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 13 de agosto de 2013
Xosé Lluis Fernández Suárez
Subdirector general de Inspección del Transporte