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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Martes, 3 de septiembre de 2013 Pág. 35048

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 14 de agosto de 2013, del Área Provincial de Turismo de Ourense, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador OU-S-10/2013 por infracción leve en materia de turismo.

Por la presente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero), se notifica a la persona que en el anexo se relaciona la resolución del expediente sancionador OU-S-10/2013, de la jefa del Área Provincial de Turismo de Ourense, ya que, intentada por los medios habituales, no se pudo practicar.

El interesado podrá recoger la resolución mediante comparecencia en las dependencias del Área Provincial de Turismo; calle Curros Enríquez, 1-3ª planta, de Ourense.

Contra dicha resolución, que no agota la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada, ante la directora de la Agencia Turismo de Galicia, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro que estime oportuno.

De no presentar recurso en el referido plazo, la sanción devendrá firme, debiendo abonar el importe de la multa en los siguientes plazos: a) publicación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior; b) publicación entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes siguiente o inmediatamente hábil posterior, por transferencia bancaria mediante los impresos formalizados que le serán facilitados en las dependencias del Servicio de Turismo de Ourense. De no ser efectuado el ingreso en el citado plazo, se procederá a su exacción por vía de apremio, según lo dispuesto en la Orden de 23 de noviembre de 2001 por la que se regula el procedimiento de recaudación voluntaria y ejecutiva de multas y sanciones, de la Consellería de Hacienda (DOG nº 235, de 5 de diciembre).

Ourense, 14 de agosto de 2013

Manuela Penín López
Jefa del Área Provincial de Turismo de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-S-10/2013.

Titular sancionado: Manuel Augusto Claidez Rosario.

Establecimiento: Sótano.

Domicilio: Brasil, 1.

Localidad: O Carballiño.

Resolución: 6 de agosto de 2013.

Tipificación de la infracción: artículo 109.2.c) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

Sanción: doscientos (200,00) euros.