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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Lunes, 19 de agosto de 2013 Pág. 33346

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

CÉDULA de 1 de agosto de 2013, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se notifica requerimiento de documentación (expediente IN 329 A 2013/95).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le notifica a la empresa Aplistone, S.L. con último domicilio conocido en calle Brixeira, s/n, 15310 Curtis, A Coruña, el requerimiento que a continuación se transcribe relativo al plan de labores de la autorización de explotación de la sección A), Monte Miraz, nº 2 (nº de expediente IN 329 A 2013/95), ya que, intentada la notificación por los medios legalmente establecidos no se pudo efectuar.

«Requerimiento

Después de examinar la solicitud presentada por usted con fecha de entrada de 28 de febrero de 2013 y número de registro 20131500001882, así como la documentación complementaria que se remite, relativas al procedimiento de referencia, y analizadas por personal técnico de este servicio, se observa lo siguiente:

– No presenta la actualización del documento de seguridad y salud correspondiente al año 2012 con sus respectivos informes (certificado de vigilancia de salud y formación de los trabajadores, informe de las muestras de polvo, remitiendo las fichas de resultados del organismo autorizado, según la Orden ITC/2585/2007, informe de muestra anual de ruido, certificados de recogida de residuos industriales por el gestor autorizado y documentación de adaptación de la maquinaria al Real decreto 1215/1997).

– Se remitirá copia del certificado de contratación de servicio de prevención con el período de vigencia actualizado y con la planificación de las correspondientes mediciones de polvo y ruido a realizar durante el año 2013.

Se requiere para que en el plazo de 10 días presente la documentación preceptiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se regula el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), con la indicación que, de no hacerlo de forma correcta y completa, se puede dictar resolución denegatoria de la aprobación del plan de labores.

Asimismo, en aplicación del artículo 42.5.a) de la ya citada Ley 30/1992, se le indica que el transcurso del pazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la resolución queda suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de este requerimiento y su efectivo cumplimiento o, en su falta, por el transcurso del plazo de diez días concedido. En este último caso, esta jefatura territorial dictará resolución denegatoria de aprobación del plan de labores en los términos establecidos en el artículo 42 del citado texto legal y sin perjuicio de lo establecido en su artículo 76.3».

Lugo, 1 de agosto de 2013

José Manuel Vázquez Leirado
Jefe territorial de Lugo