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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Lunes, 12 de agosto de 2013 Pág. 32643

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 7 de agosto de 2013 por la que se modifica la de 28 de mayo de 2013 por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para la promoción de actividades de servicios sociales comunitarios e inclusión social y se procede a su convocatoria para el año 2013 (cofinanciada parcialmente por el Fondo Social Europeo).

La Orden de 28 de mayo de 2013 por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para la promoción de actividades de servicios sociales comunitarios e inclusión social y se procede a su convocatoria para el año 2013 (cofinanciada parcialmente por el Fondo Social Europeo) (DOG nº 102, de 30 de mayo), establece en su artículo 4 que en la concesión de estas subvenciones se destina la cantidad de 582.755,77 euros a cargo de la aplicación presupuestaria 11.05.313C.481.6.

Existiendo otras dotaciones disponibles para el mismo fin procedentes de remanentes incorporados al presente ejercicio, hay que ampliar el importe de los créditos destinados a estas subvenciones que podrán ser concedidas al amparo de dicha orden con la finalidad de hacer llegar éstas al mayor número de beneficiarios posible.

Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único

Primero. Ampliar el importe total de las subvenciones que se van a conceder al amparo de la Orden de 28 de mayo de 2013 por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para la promoción de actividades de servicios sociales comunitarios e inclusión social y se procede a su convocatoria para el año 2013 (cofinanciada parcialmente por el Fondo Social Europeo) en la cuantía total de 367.944,54 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 11.05.313C.481.6.

Segundo. Esta ampliación de crédito supondrá la modificación del importe total de la orden de convocatoria que ascenderá a 3.249.035,31 €, los cuales quedan distribuidos de la siguiente forma:

11.05.312A.481.3: 2.000.000 €.

11.05.313C.481.6: 950.700,31 €, cofinanciada en un porcentaje de un 80 % por el FSE.

11.05.312C.481.0: 298.335 €, cofinanciada en un porcentaje de un 80 % por el FSE.

Tercero. Esta modificación no afecta al plazo establecido en la orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 7 de agosto de 2013

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar