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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Viernes, 9 de agosto de 2013 Pág. 32233

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 19 de julio de 2013 de aprobación definitiva del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra.

I. Antecedentes.

I.1. El Plan de utilización de los espacios portuarios del Puerto de Marín-Pontevedra, actualmente denominado Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, fue aprobado por Orden Ministerial de 23 de diciembre de 1997. El Ministerio de Fomento, mediante la Orden FOM/1597/2010, de 4 de junio, aprobó la modificación del Plan de utilización de los espacios portuarios del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra.

I.2. Mediante Resolución del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de 3 de octubre de 2000, fue aprobado definitivamente el Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra.

Ese plan fue objeto de modificación, aprobada por Orden de la Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas, de 4 de febrero de 2005, orden que deja sin efecto el plan especial aprobado definitivamente por Resolución de 3 de octubre de 2000.

Mediante Orden de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes de 3 de junio de 2008, se aprueba definitivamente la modificación del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, para la reordenación del subsector S.2.3.

El Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, aprobado definitivamente el 3 de octubre de 2000, fue anulado por sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 30 de octubre de 2009.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha de 26 de enero de 2012, anula la Orden de la Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas, de 4 de febrero de 2005.

I.3. El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, en su sesión ordinaria de 24 de noviembre de 2011, acordó formular el Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra conforme a lo dispuesto en el artículo 56 del texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, aprobado por Real decreto legislativo 1/2011, de 5 de septiembre, y normativa complementaria.

I.4. La Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la CMATI resolvió, con fecha 29 de febrero de 2012, iniciar el expediente de tramitación del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, formulado por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

I.5. La Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resolvió, con fecha de 9 de agosto de 2012, aprobar inicialmente el Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, formulado por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

I.6. Mediante anuncio de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 9 de agosto de 2012, insertado en el DOG de 21 de agosto de 2012, y en los periódicos Diario de Pontevedra y Faro de Vigo de 20 de agosto de 2012, se somete a información pública el Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra.

I.7. El proyecto del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra permaneció expuesto al público, durante un período de dos meses, en las oficinas de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la CMATI y en la Jefatura Territorial de la CMATI en Pontevedra.

Se formularon consultas a las administraciones públicas señaladas en el documento de referencia y al público interesado.

I.8. Durante el período de información pública se presentaron 5 documentos de alegaciones, por parte de:

– Asociación por la Defensa de la Ría.

– Ayuntamiento de Pontevedra.

– Ayuntamiento de Marín.

– Agrupación para la defensa de Marín.

– Asociación Plataforma Defensora Praza dos Praceres.

I.9. En la tramitación del Plan especial se solicitaron los informes preceptivos necesarios constando en el expediente la emisión de los siguientes informes previos a la aprobación provisional:

– Informe del Servicio Autorizaciones e Informes Sectoriales, emitido con fecha de 8 de agosto de 2012.

– Informe del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente-Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, emitido con fecha de 4 de octubre de 2012.

– Informe del Ministerio de Fomento-Dirección General de Ferrocarriles, emitido con fecha de 19 de noviembre de 2012.

– Informe de la Consellería del Medio Rural y del Mar-Dirección General de Desarrollo Pesquero, emitido con fecha de 24 de octubre de 2012.

– Informe de la Agencia Gallega de Infraestructuras, emitido con fecha de 10 de octubre de 2012.

– Informe de Augas de Galicia, emitido con fecha de 10 de octubre de 2012.

– Informe de la Dirección General de Movilidad, emitido con fecha de 10 de diciembre de 2012

– Informe de la Consellería de Hacienda (artículo 101 Ley 5/2011, Patrimonio) emitido con fecha 17 de septiembre de 2012.

– Informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural, emitido con fecha de 12 de diciembre de 2012.

– Informe del Ministerio de Fomento-Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, emitido con fecha de 5 de noviembre de 2012.

– Informe del Ministerio de Defensa-Dirección General de Infraestructuras, emitido con fecha de 16 de noviembre de 2012.

– Informe del Ministerio de Industria, Energía y Turismo-Subdirección General de Redes y Operadores de Telecomunicaciones, emitido con fecha de 3 de octubre de 2012.

– Informe de Puertos del Estado, emitido con fecha de 3 de octubre de 2012.

– Informe del Ministerio Fomento-Dirección General de la Marina Mercante, emitido con fecha de 11 de febrero de 2013.

– Informe del Ministerio Fomento-Dirección General Aviación Civil, emitido en febrero de 2013.

– Informe de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, emitido con fecha de 24 de enero de 2013.

– Informe del Instituto Estudios del Territorio de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, emitido con fecha de 18 de enero de 2013.

– Informe de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, emitido con fecha de 21 de diciembre de 2012.

I.10. Asimismo, consta informe técnico y jurídico de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con fecha de 19 de abril de 2013, previo a la aprobación provisional del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra.

I.11. El documento del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra fue sometido al procedimiento integrado de evaluación ambiental estratégica, constando la emisión de memoria ambiental aprobada mediante Resolución de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 8 de abril de 2013.

I.12. En fecha de 22 de abril de 2013, la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo resuelve aprobar provisionalmente el Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, estimando y desestimando las alegaciones presentadas durante el período de información pública, recogidas en el informe emitido por la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, con fecha de 8 de marzo de 2013.

I.13. Ese documento de Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, fue remitido a la autoridad portuaria; y notificada su aprobación provisional a los ayuntamientos de Pontevedra y Marín.

I.14. Previa aprobación provisional, se solicitaron los informes preceptivos, en los que consta:

– Informe de la Subdirección General de Ordenación del Territorio en materia de costas, emitido con fecha de 29 de abril de 2013.

– Informe de Puertos del Estado, emitido con fecha de 17 de mayo de 2013, la solicitud de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.

– Informe del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente-Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, emitido con fecha de 3 de junio de 2013.

I.15. Una vez remitido el documento aprobado provisionalmente a los ayuntamientos de Marín y Pontevedra, se recibieron los acuerdos adoptados por los plenos respectivos, en fechas de 9.5.2013 y de 27.5.2013. En estos acuerdos plenarios reiteran las alegaciones formuladas durante el período de información pública.

En relación a esos pronunciamientos municipales, la Autoridad Portuaria emitió informe con fecha de 10 de julio de 2013, integrando en el documento sometido la aprobación definitiva una modificación puntual en la normativa (nueva redacción del artículo 46) así como una corrección de errores en la trama de una edificación en el plano I-3 del documento D (planos).

I.16. La Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, emitió informe previo a la aprobación definitiva del Plan especial, con fecha de 15 de julio de 2013.

II. Análisis y consideraciones del plan especial.

Examinado el proyecto del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, formulado por la Autoridad Portuaria de Marín y de la Ría de Pontevedra, con fecha de 12 de julio de 2013, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se pudo observar su adecuación a la normativa vigente, no apreciando objeciones para proceder a su aprobación definitiva.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia y en el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la CMATI.

III. Resolución.

En consecuencia, y visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero. Otorgar la aprobación definitiva al Plan especial de ordenación del Puerto de Marín y Ría de Pontevedra, al amparo con lo establecido en el artículo 89.1 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Segundo. Notifíquese esta orden a los ayuntamientos de Marín y Pontevedra; y a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra. Y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, la normativa y ordenanzas del plan especial aprobado definitivamente, deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la provincia.

Cuarto. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 19 de julio de 2013

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras