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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Miércoles, 7 de agosto de 2013 Pág. 31600

I. Disposiciones generales

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DECRETO 125/2013, de 24 de julio, por el que se aprueba la modificación de los estatutos del Consorcio contra Incendios y Salvamento de las Comarcas de O Carballiño y de O Ribeiro.

La regulación jurídica de los consorcios locales está recogida en el artículo 196 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, que, a su vez, hace referencia a las normas contenidas en el artículo 151 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, que remite al procedimiento de modificación para las mancomunidades de municipios recogido en el artículo 143 de la misma ley. En cumplimiento de lo dispuesto en el citado precepto, el presidente del Consorcio le remitió a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la documentación relativa a su modificación.

Examinada la documentación, se considera que la tramitación de la modificación estatutaria siguió el procedimiento legalmente previsto a tal fin.

En síntesis, para la adopción del acuerdo de modificación de este consorcio se observó la siguiente tramitación:

– El Pleno del Consorcio contra Incendios y Salvamento de las Comarcas de O Carballiño y de O Ribeiro aprobó inicialmente la modificación de sus estatutos en su sesión de 22 de diciembre de 2011.

– El referido acuerdo se sometió a la información pública durante el plazo de un mes en el BOP nº 115 de Ourense, de 22 de mayo de 2012, período en el que no se presentaron alegaciones.

– Con fecha 27 de enero de 2012 y 9 de febrero de 2012, se emitieron informes de la Diputación Provincial de Ourense y de la Dirección General de Administración Local, respectivamente.

– Los plenos de cada una de las entidades locales integrantes del Consorcio aprobaron la modificación de los estatutos y el presidente del Consorcio remitió a la Dirección General de Administración Local una copia certificada de los acuerdos de aprobación de dicha modificación con fecha 30 de mayo de 2013.

El contenido de la modificación afectará al anexo de los estatutos del Consorcio contra Incendios y Salvamento de las Comarcas de O Carballiño y de O Ribeiro.

Según lo antedicho y de conformidad con el dispuesto en los artículos 196, 151 y 143.1.d) de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y demás normativa de aplicación.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de julio de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo único. Aprobar la modificación de los estatutos del Consorcio contra Incendios y Salvamento de las Comarcas de O Carballiño y de O Ribeiro.

Santiago de Compostela, veinticuatro de julio de dos mil trece

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO
Anexo de los estatutos del Consorcio contra Incendios y Salvamento
de las Comarcas de O Carballiño y de O Ribeiro

«Relación de ayuntamientos que integran el consorcio, y ratios de participación, en el 20 % de los gastos de construcción y equipamiento:

Beariz: 2,13 %

Boborás: 4,85 %

O Carballiño: 50 %

O Irixo: 2,95 %

Maside: 5,00 %

Piñor: 2,26 %

Punxín: 1,39 %

San Amaro: 2,08 %

San Cristovo de Cea: 4,42 %

Carballeda de Avia: 2,50 %

Avión: 4,21 %

Melón: 2,42 %

Rivadavia: 8,91 %

Mancomunidad Intermunicipal Voluntaria de Ayuntamientos del Ribeiro: 6,87 %».