El nombramiento de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles que desempeñen funciones en Galicia es competencia de esta comunidad autónoma, según lo dispuesto en el artículo 26.1 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 277 de la Ley hipotecaria, y en los artículos 504 y 508 y demás concordantes del reglamento para su ejecución, por la Orden del Ministerio de Justicia JUS/761/2013, de 26 de abril de 2013 (BOE de 7 de mayo), se constituye el cuerpo de aspirantes a registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles.
Visto el expediente instruido para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes en esta comunidad autónoma, y con arreglo a los resultados del concurso entre miembros del cuerpo de aspirantes a registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, convocado por la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 24 de mayo de 2013 y resuelto por la Resolución de 25 de junio de 2013, y de conformidad con los artículos 284 de la Ley hipotecaria, 513 y demás concordantes del reglamento para su ejecución, y con el Decreto de la Xunta de Galicia 72/2013, de 25 de abril, y con las demás disposiciones legales autonómicas pertinentes,
RESUELVO:
Nombrar a los registradores comprendidos en la citada resolución y que en el anexo se relacionan para proveer los registros vacantes radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Santiago de Compostela, 15 de julio de 2013
Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
ANEXO
• Alberto Blanco Pulleiro, aspirante núm. 1 para el Registro de Muros.
• María Fernández Cora, aspirante núm. 25 para el Registro de Monforte de Lemos.