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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Viernes, 2 de agosto de 2013 Pág. 31111

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ponteareas

ANUNCIO de aprobación inicial del Plan general de ordenación municipal.

El Pleno Municipal, mediante acuerdos adoptados en sesiones de 18 de junio de 2013 y de 9 de julio de 2013, aprobó inicialmente el PGOM del Ayuntamiento de Ponteareas, siendo el documento texto refundido de julio de 2013 con las modificaciones y correcciones extraídas del anexo-informe acuerdo aprobación inicial de fecha 25 de marzo de 2013 el PGOM que queda aprobado inicialmente como resulta del acuerdo plenario de fecha 9 de julio de 2013.

De acuerdo con lo que determina el artículo 77 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, el acuerdo de aprobación inicial de los instrumentos de ordenación determinará, por sí solo, la suspensión del procedimiento de otorgamiento de licencias de edificación, demolición o parcelamiento de fincas, en aquellos ámbitos del territorio objeto de planeamiento cuyas nuevas determinaciones supongan la modificación de la ordenación urbanística vigente.

Se determinan expresamente las siguientes áreas afectadas por la suspensión:

– Se suspenden licencias de edificación en todas las áreas clasificadas por el PGOM como sistema general o local de red viaria y de espacios libres en cualquier clase de suelo.

– En el suelo urbano consolidado y en el suelo de núcleo rural se suspenden las licencias en aquellas áreas donde no se pueda cumplir, de forma simultánea, la normativa del planeamiento vigente y la normativa del PGOM aprobado inicialmente.

– Se suspenden licencias en las áreas de suelo urbano no consolidado, en el suelo urbanizable delimitado y en el suelo urbanizable no delimitado del PGOM aprobado inicialmente.

– En el suelo rústico, si las licencias requieren autorización previa de la CMATI o de otras administraciones sectoriales, podrán seguir otorgándose, siempre que non afecten a sistemas generales o locales de infraestructuras, equipamiento, red viaria, espacios libres o elementos del Catálogo del patrimonio cultural del Ayuntamiento del PGOM.

Los servicios técnicos municipales acreditarán dicha circunstancia con anterioridad al envío a las administraciones afectadas. Si no requieren autorización previa de la CMATI, sólo podrán otorgarse licencias en las áreas que cumplan las dos normativas simultáneamente, siempre que no afecten a sistemas generales o locales de infraestructuras, instalaciones urbanas, equipamiento, red viaria, espacios libres o elementos del Catálogo del patrimonio cultural recogidos en el PGOM.

– Se suspenden las licencias de demolición o edificación en todos los elementos que integran las áreas de protección integral del Catálogo del patrimonio cultural del PGOM y en el ámbito del Plan especial del Castro de Troña, excepto autorización expresa de la Dirección General del Patrimonio Cultural.

– Los planes de desarrollo de iniciativa pública supramunicipal no están afectados por la suspensión.

Las dudas que puedan surgir en la simultaniedad de aplicación de ambas normativas o de la ordenanza respectiva se resolverán teniendo en cuenta los criterios de menor edificabilidad, de mayor dotación para espacios públicos y de mayor protección ambiental, aplicando el principio general de interpretación integrada de las normas.

Esta suspensión se publicará conjuntamente con la aprobación inicial.

De acuerdo con el artículo 85 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre (LOUGA), se somete el PGOM aprobado inicialmente, con todos los documentos integrantes del expediente tramitado, incluido el informe de sostenibilidad ambiental e incluidos los puntos relacionados en el apartado 1 c) del presente acuerdo y las ordenaciones detalladas del sector T-02 Eroski y del ámbito de suelo de núcleo rural contenido en el perímetro del Plan especial de ordenación del medio rural PEOMR-02 A Rocha, simultáneamente a las consultas previstas en el documento de referencia y al trámite de información pública por el plazo de dos meses, mediante anuncio que se publicará en el DOG, en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en dos de los periódicos de mayor difusión en la provincia. Simultáneamente, y durante el mismo plazo, se dará audiencia a los municipios limítrofes.

De acuerdo con el artículo 85.3 de la LOUGA, al mismo tiempo que el trámite de información pública el Ayuntamiento recabará de las administraciones públicas competentes los informes sectoriales que resulten necesarios.

El expediente completo se puede consultar en la Oficina Técnica del Ayuntamiento (Departamento de Urbanismo) en horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas.

Ponteareas, 9 de julio de 2013

Salvador González Solla
Alcalde