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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Martes, 30 de julio de 2013 Pág. 30348

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ames

ANUNCIO de aprobación definitiva del Plan parcial S-02 Alto do Vento I.

Por Acuerdo plenario de 30 de mayo de 2013 se aprobó definitivamente la modificación del Plan parcial del sector S-02 Alto do Vento I. Lo que se publica a los efectos previstos en el artículo 92.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Acuerdo plenario de aprobación definitiva:

«Punto quinto. Aprobación definitiva de la modificación del Plan parcial del sector S-02 Alto do Vento I.

(...)

Terminadas las intervenciones, el Pleno de la Corporación, por mayoría simple del número legal de miembros, con los votos a favor de los 5 representantes del grupo municipal popular y de las/os concejalas/es no adscritas/os Mª Dolores Fernández Álvarez, María González Gómez, Ramón García Argibay, Manuel J. Ferreiro Santiago, Emilio Martínez Carballeira y Alfonso Rey López, y la abstención de los 6 representantes del grupo municipal socialista y de las/os concejalas/es no adscritas/os Olalla Alvite del Río, Pilar Candocia Pita, Xosé Anxo Doval Rey y Susana Mallo Redondo, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar definitivamente la modificación puntual del Plan parcial del sector S-02 Alto do Vento I.

Segundo. Ordenar la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo de aprobación definitiva de la modificación del Plan parcial S-02, Alto do Vento I en el plazo de un mes, así como la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña del documento, junto con la normativa y ordenanzas. En el anuncio se hará constar la remisión a la consellería competente.

Tercero. Comunicar a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia esta aprobación definitiva, con remisión de una copia autenticada de dos ejemplares completos del documento, con todos los planos y documentos debidamente diligenciados.

Cuarto. La eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del plan aprobado quedan condicionadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia y a lo que disponga al efecto la legislación reguladora de la Administración actuante.

Quinto. Notificar el presente acuerdo a los demás interesados en el procedimiento, con la indicación del régimen de recursos que procedan.

Sexto. Facultar expresamente al alcalde presidente, Santiago Vicente Amor Barreiro, para cuantas actuaciones de trámite sean precisas para la mejor ejecución de lo acordado».

Contra el presente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia con sede en A Coruña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ames, 26 de junio de 2013

Santiago V. Amor Barreiro
Alcalde