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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Lunes, 29 de julio de 2013 Pág. 30014

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 11 de julio de 2013, del Área Provincial de Turismo de Lugo, por la que se notifica el Acuerdo de iniciación, de 18 de junio de 2013, relativo al expediente sancionador de Lugo LU-08/2013 por infracciones leves en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica al interesado que a continuación se relaciona, el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo, por infracciones administrativas de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, de turismo de Galicia, expediente número LU-08/2013, incoado al titular del establecimiento de café bar denominado El Abuelo, situado en la avenida de Pastoriza, nº 14, de Muimenta, del ayuntamiento de Cospeito (Lugo), ya que intentada la notificación por los medios habituales, no pudo practicarse.

Se nombra instructor del procedimiento a Francisco López Castro y secretaria a Mercedes Campos Casares, funcionarios del Área Provincial de Turismo de Lugo, siendo su régimen de recusación el previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Según lo establecido en el artículo 16.1 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para presentar por escrito cuantas alegaciones, documentos o informaciones considere convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Real decreto 1398/1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anteriormente indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá poner fin al expediente. Para efectuarlo deberá utilizar el impreso normalizado que le será facilitado en el Área Provincial de Turismo, sita en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en la ronda de la Muralla de Lugo.

El órgano competente para la resolución del procedimiento es la jefa del Área Provincial de Turismo en Lugo, según lo dispuesto en el artículo 119.1.a) de la Ley 7/2011, y en el Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la Agencia Turismo de Galicia y se aprueban sus estatutos.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 9 de agosto).

Expediente: LU-08/2013.

Denunciado: Fernando Saavedra Portela.

Establecimiento: café bar El Abuelo.

Dirección: avenida de Pastoriza, nº 14. Localidad: Muimenta (Cospeito).

Hechos denunciados: no disponer de los documentos exigidos por la normativa turística e incumplir el deber de exhibir los distintivos, carteles y lista de precios.

Preceptos infringidos: artículos 35.i) y 35.f) de la Ley 7/2011.

Tipificación de la infracción: artículos 109.2.a) y 109.2.b) de la Ley 7/2011.

Cualificación: leve.

Sanción: 600,00 € .

Lugo, 11 de julio de 2013

Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Lugo