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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Viernes, 26 de julio de 2013 Pág. 29791

III. Otras disposiciones

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2013 por la que se convocan, en colaboración con la Escuela Gallega de Administración Pública, las pruebas de acreditación de las competencias digitales en ofimática para el personal al servicio de las administraciones públicas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Decreto 218/2011, de 17 de noviembre, por el que se regula la certificación gallega de competencias digitales en ofimática (DOG número 229, de 30 de noviembre) establece en su artículo 6.1 que obtendrán la certificación gallega de competencias digitales en ofimática las personas que acrediten las capacidades, destrezas y conocimientos en ofimática definidos en el Plan formativo ofimático de Galicia, mediante la superación de una prueba convocada para este fin por la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia.

Asimismo, el decreto indica en el artículo 6.3 que la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia elaborará el Plan formativo ofimático de Galicia. Hasta que se elabore el primer plan, su contenido será el descrito en el módulo formativo MF0233_2. Ofimática (190 horas), asociado a la unidad de competencia UC0233_2: manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y de la documentación, del Catálogo nacional de calificaciones profesionales.

Esta certificación (CODIX ofimática) tiene como objetivo fundamental el fomento del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones mediante el apoyo y reconocimiento de los esfuerzos realizados para la adquisición de capacidades y aptitudes en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en desarrollo de la línea estratégica L3: Ciudadanía digital, en su punto L3-P3: Programa de acreditación de competencias digitales, de la Agenda Digital 2014.gal.

Para el caso concreto del personal al servicio de las administraciones públicas en la Comunidad Autónoma de Galicia, supone un reconocimiento que coadyuva a la modernización de la Administración y aporta un valor añadido a los servicios que se prestan a la ciudadanía. Con este fin, se firmó el Convenio de colaboración con fecha de 30 de enero de 2013 entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (en adelante, Amtega) para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación.

Por todo ello,

RESUELVO:

Convocar, en colaboración con la Escuela Gallega de Administración Pública, pruebas de acreditación de las competencias digitales en ofimática dirigidas al personal al servicio de las administraciones públicas en la Comunidad Autónoma de Galicia, para la obtención de la certificación gallega de competencias digitales en ofimática, cuyas bases, características y contenidos se detallan en el anexo de esta resolución.

Santiago de Compostela, 16 de julio de 2013

María del Mar Pereira Álvarez
Directora de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

ANEXO
Bases

Primera. Objeto de la convocatoria

Se convocan 200 plazas de acceso libre para la acreditación de las capacidades, destrezas y conocimientos en ofimática definidos en el Plan formativo ofimático de Galicia.

El temario para la evaluación será el descrito en el módulo formativo MF0233_2. Ofimática (190 horas) del Repertorio nacional de certificados de profesionalidad, asociado a la unidad de competencia UC0233_2: manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación, del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales. Las capacidades y criterios de evaluación de dicho módulo formativo se pueden consultar en el Real decreto 558/2011, de 20 de abril, por el que se complementa el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de dos cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional de Administración y Gestión (BOE número 109, de 7 de mayo).

El contenido de las pruebas abarcará materia de las unidades formativas siguientes:

UF0319. Sistema operativo, búsqueda de información: internet/intranet y correo electrónico.

UF0320. Aplicaciones informáticas de tratamiento de textos.

UF0321. Aplicaciones informáticas de hojas de cálculo.

UF0322. Aplicaciones informáticas de bases de datos relacionales.

UF0323. Aplicaciones informáticas para presentaciones gráficas de información.

Para la realización de las pruebas, cada aspirante podrá optar, en el momento de la matrícula, por la plataforma Windows 7 o Ubuntu 10.04, Microsoft Office 2010 u OpenOffice.org 3.2.1.

Segunda. Requisitos de los participantes

Podrá participar en las pruebas convocadas por esta resolución el personal al servicio de las administraciones públicas en la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentre en situación de servicio activo, incapacidad temporal por maternidad o excedencia por el cuidado de un hijo o de un familiar y que reúna los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

Tercera. Fechas y lugares de realización

Las pruebas tendrán lugar en las dependencias de la Escuela Gallega de Administración Pública, sita en la calle de Madrid, 2-4, Santiago de Compostela, los días 10 y 11 de septiembre de 2013, en horario de 9.00 a 15.00 horas. La información será actualizada y ampliada en la página web de la EGAP http://egap.xunta.es

Cuarta. Solicitudes

a) El personal que desee participar en las pruebas de evaluación libre de los cursos convocadas en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula electrónico en la página web de la EGAP http://egap.xunta.es/ofimatica, que estará disponible desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. No serán admisibles otros modelos de solicitudes. Se recomienda facilitar la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil para enviar mensajes a las personas seleccionadas.

b) En el formulario de matrícula electrónico deberá aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados y de las circunstancias específicas a efectos de la selección en formato electrónico. Podrá pedirse la subsanación o la aclaración en todo momento de los méritos presentados. Los méritos que se incluyan en el formulario de matrícula deberán estar convenientemente acreditados. No presentar los documentos acreditativos de los citados méritos dará lugar a la exclusión de las pruebas del/de la solicitante previamente seleccionado/a.

c) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática de la prueba de evaluación solicitada, así como a la imposibilidad de participar en ninguna otra durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

d) Serán excluidas aquellas solicitudes que, después del plazo de subsanación, no tengan cubiertos correctamente los datos necesarios para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al formulario de solicitud oficialmente establecido en la letra a) o se presenten fuera de plazo.

e) Las solicitudes cubiertas adecuadamente se entenderán presentadas en la dirección de internet http://egap.xunta.es/ofimatica una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

f) El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

g) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Amtega a través del número de teléfono 881 99 50 29 o del correo electrónico ofimatica@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

h) El tratamiento de los datos que se proporcionen por las personas participantes se efectuará conforme a la legislación de protección de datos de carácter personal.

Quinta. Criterios de selección

La participación en las pruebas de evaluación exige que los solicitantes tengan un nivel adecuado de conocimiento de la materia en que se van a examinar. Con esta finalidad, tendrán prioridad las personas que acrediten haber superado o impartido el módulo formativo MF0233_2. Ofimática en el marco del Acuerdo de formación para el empleo en las administraciones públicas (AFEDAP).

A continuación, todas aquellas personas que hayan superado o impartido unidades formativas del módulo formativo MF0233_2. Ofimática. Tendrán preferencia las actividades formativas en el marco del AFEDAP.

Seguidamente, tendrán preferencia las personas que acrediten haber superado o impartido cursos de ofimática promovidos por otras entidades de formación del personal al servicio de las administraciones públicas.

Los criterios selectivos supletorios que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (Diario Oficial de Galicia número 7, de 10 de enero). A efectos de lo previsto en el apartado segundo de la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los cuales el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

De haber empate, se deshará de acuerdo con el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo. Para el año 2013, según la Resolución de 15 de enero (DOG de 22 de enero), se comenzará por la letra X.

Sexta. Publicación de la relación del personal seleccionado

La EGAP publicará en la página web de la EGAP http://egap.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en las pruebas de acreditación, así como un número adecuado de reservas. Además, para una mayor difusión, serán informadas de su selección a través del correo electrónico y mensajería telefónica aquellas que faciliten sus datos en la solicitud. Las personas que no figuren en la relación no habrán sido seleccionadas, por lo que ocupan un puesto más alejado en la lista de reservas, o bien habrán sido excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, todo ello de acuerdo con el dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia, asistencia y puntualidad

a) Cambios o sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

b) Renuncia:

1. Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a las actividades formativas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

2. La renuncia debe ser comunicada, en un plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la lista definitiva de personas seleccionadas, en la dirección de correo electrónico ofimatica@xunta.es, además de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE de 27 de noviembre).

3. Las personas que renuncien sin cumplir lo previsto en los anteriores apartados pasarán al final de las listas de las actividades formativas y pruebas de acreditación de competencias digitales en ofimática convocadas por la Amtega, cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde la finalización de esta actividad.

c) Asistencia y puntualidad:

1. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a las pruebas de evaluación. A estos efectos, se realizará un único llamamiento por orden alfabético. En ningún caso se admitirán cambios en la asignación de turnos de las pruebas.

2. As personas participantes deberán venir provistas de DNI o de un documento fidedigno acreditativo de su identidad. No se permitirá el uso de dispositivos electrónicos durante el desarrollo de las pruebas.

3. Las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante los responsables de las pruebas de las actividades formativas en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de las pruebas.

4. Las personas que no se presenten a las pruebas en el turno asignado perderán el derecho al certificado de superación de la prueba. En el caso de incumplir lo previsto en el apartado anterior, pasarán además al final de las listas de las actividades formativas y pruebas de acreditación de competencias digitales en ofimática convocadas por la Amtega, cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde la finalización de esta actividad.

Octava. Realización de las pruebas

a) La prueba de evaluación constará de 50 preguntas tipo test. Los alumnos dispondrán de 2 horas y 30 minutos y un único intento, sin posibilidad de subsanación, para su realización.

b) Para superar las pruebas de evaluación deberán responder de forma correcta a un 70 % de las preguntas de la prueba. Las respuestas incorrectas no descontarán aciertos.

Algunas preguntas harán referencia a archivos que deberán manejar con la herramienta ofimática correspondiente (Microsoft Office 2010, OpenOffice.org 3.2.1, Windows 7 o Ubuntu 10.04).

Novena. Certificado

La Amtega otorgará el correspondiente certificado gallego de competencias digitales en ofimática (CODIX ofimática) al alumnado que supere la prueba de evaluación y lo solicite a través de la sede electrónica.

Décima. Facultades de la Amtega y de la EGAP

a) La Amtega y la EGAP resolverán aquellos incidentes que se puedan producir en el desarrollo y gestión de las pruebas de evaluación. Asimismo, corresponde a ambas proveer cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de esta resolución.

b) La ejecución material de las acciones queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la autorización correspondiente del gasto.

c) La Amtega y la EGAP podrán modificar el desarrollo y los contenidos de las pruebas, las fechas y los lugares de realización, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

José Luis Somoza Digón, gerente de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia.