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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Miércoles, 24 de julio de 2013 Pág. 29668

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1252/2012).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de refuerzo de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento de despido/ceses en general 1252/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Bienvenida Castiñeira García contra la empresa Alcoa Inespal, S.A., Eulen Servicios Sociosanitarios, S.A., Flexiplan, S.A. E.T.T., Randstad Empleo, Empresa de Trabajo Temporal, S.A., GYT Clave, Policlínico Médico Sanitario, Sociedad de Prevención de Fremap, sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia

A Coruña, 12 de junio de 2013

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre despido 1252/2012, siendo demandante María Bienvenida Castiñeira García, asistida por la letrada Sra. Navarrete Rey, y demandadas la empresa Alcoa Inespal, S.L., comparecida a través de Susana Arrojo González, con la representación del letrado Sr. Castiñeira Martínez, las empresas Eulen Servicios Sociosanitarios, S.A. y Flexiplan, S.A., E.T.T., con la representación del letrado Sr. Orantes Canales, la empresa Randstad Empleo, Empresa de Trabajo Temporal, S.A., con la representación del letrado Sr. Fernández Victoria, la empresa GYT Clave y la empresa Policlínico Médico Sanitario, así como la entidad Sociedad de Prevención Fremap, comparecida a través de Manuel Varela Montecelo, con la representación del letrado Sr. Fresco González, habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Dispongo:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por parte de María Bienvenida Castiñeira García contra las empresas Alcoa Inespal, S.L., Eulen Servicios Sociosanitarios, S.A. y Flexiplan, S.A. E.T.T., Randstad Empleo, Empresa de Trabajo Temporal, S.A., GYT Clave y Policlínico Médico Sanitario, así como contra la entidad Sociedad de Prevención Fremap, en su pretensión subsidiaria, y, en consecuencia, declaro improcedente el despido de María Bienvenida Castiñeira y condeno a la empresa demandada Sociedad de Prevención Fremap a que, en el plazo de 5 días desde la notificación de la presente sentencia, opte entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían en el momento de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación que, desde la fecha del despido hasta la de la presente sentencia, importan la cantidad de 14.554,25 euros, a los que habrán de añadirse los que se devenguen hasta la notificación de la misma, a razón de 61,93 euros diarios, y la extinción de la relación laboral, con abono al trabajador de la cantidad de 51.339,97 euros en concepto de indemnización.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a GYT Clave y Policlínico Médico Sanitario, en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 12 de junio de 2013

La secretaria judicial