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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Martes, 23 de julio de 2013 Pág. 29338

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (811/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 811/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Gonzalo Parga Brocos contra las empresas Iglesias Miras, S.A., Climatizaciones Compostela, S.A., Ferrecal, S.A., Sanitarios Compostela, S.A., Promociones Raplou, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación.

Secretaria judicial: Susana Varela Amboage.

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2013.

Se ha presentado escrito por la parte demandante en el que desiste de la demanda y encontrándose citado a juicio los demandados, se da traslado a los mismos del desistimiento por plazo de diez días para que muestren o no su conformidad, según lo dispuesto en el artículo 20.3 de la LEC.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La secretaria judicial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la codemandada Iglesias Miras, S.A. y Climatizaciones Compostela, S.A. por hallarse en ignorado paradero se inserta el presente en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Santiago de Compostela, 3 de julio de 2013

La secretaria judicial