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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Lunes, 22 de julio de 2013 Pág. 29061

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 1 de julio de 2013, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses el acuerdo adoptado por este jurado, relativo al expediente 50/79.

En la sesión celebrada por el Jurado Provincial con fecha 19 de junio de 2013, figura el acuerdo siguiente:

Monte Silvarrosa (expediente 50/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Covas, en el término municipal de Viveiro, y clasificado como vecinal en mano común por Resolución del Jurado Provincial de 20 de octubre de 1980. Con fechas 30 de diciembre de 2011 y 30 de enero de 2013 tuvieron entrada escritos presentados por Manuel Escourido García, como presidente de la comunidad, dando traslado de copia autentificada de sentencia firme dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Viveiro, con fecha 31 de julio de 2007, recaída en el procedemiento de menor cuantía 199/2002, confirmada y matizada por sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo de 26 de octubre de 2009, así como conciliación celebrada ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Viveiro, entre esta comunidad y Manuel Salgueiro Abad y Marina Rodríguez Carballo, tramitada con el número 435/2011, y aprobada por Decreto de 3 de noviembre de 2011. En la sentencia, estimando parcialmente la demanda presentada, se acuerda, entre otros aspectos, el deslinde y amojonamiento del monte Silvarosa, O Cachón, Fraga da Voz y otros conforme a la propuesta de deslinde que obra al plano 10 del informe pericial judicial, proceder a la delimitación material y externa, condenar a los demandados a entregar a la parte actora la posesión de las fincas que estando dentro del perímetro del monte vecinal estén ocupados por estos, y acordar la inscripción en el Registro de la Propiedad de Viveiro del monte vecinal en mano común tal como resulta de los pronunciamientos anteriores. Mediante el acto de conciliación, en resumen, se aprueba el deslinde de los montes de conciliante y conciliados mediante una linea recta que divide la zona de «Fraga Nova-O Cachón» en dos lotes conforme resulta del plano 4 y del informe pericial unido al acuerdo, así como se define el lindero sur de la finca «Cerrado de Casavella, Teixueira e Rociñas»; asimismo se acuerda el establecemiento de una servidumbre de paso sobre el camino o pista ya existente, atribuír a los conciliados la totalidad de los derechos sobre la madera situada en la zona litigiosa, quedando, con lo acordado, plenamente culminada la ejecución de las sentencias dictadas en el juício de menor cuantía 199/2002. Dado traslado de toda la documentación a Servicio de Montes, se elabora en marzo de 2013 una propuesta de nuevo croquis para el monte Silvarrosa, teniendo en cuenta lo dispuesto en las anteriores sentencias y acuerdo de conciliación, así como otras modificaciones sufridas por el monte desde su clasificación, relatadas en los antecedentes de la propuesta, y, en base a lo establecido en la disposición transitoria decimotercera de la Lei 7/2012, de montes de Galicia, y el acuerdo del Jurado de 17 de septiembre de 2012, de solicitar del Servicio de Montes la realización de propuestas de revisión y elaboración de cartografías actualizadas de los montes vecinales da provincia susceptibles de tal adecuación. Como consecuencia de esta revisión de croquis, el monte Silvarrosa queda con una superficie de 90,2434 hectáreas, de conformidad con la nueva cartografía. Examinada la anterior propuesta, el Jurado, por unanimidad, acuerda dar cumplimiento a lo establecido en la anterior sentencia y acto de conciliación, y aceptar la propuesta de revisión de croquis, procediendo a su oportuna incorporación al expediente, y constancia a nivel del Registro de Montes Vecinales en Mano Común, de conformidad con los mismos.

Desconociendo el nombre y dirección de los posibles titulares de derechos e intereses sobre el referido monte, por medio del presente anuncio, y conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se pone en su conocimiento el anterior acuerdo.

Lugo, 1 de julio de 2013

José Ramón Losada Fernández
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Lugo