Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: LMTS alimentación a CS EDAR Ares-Chanteiro.
Situación: ayuntamiento de Ares.
Características técnicas:
Línea de media tensión subterránea CT Chanteiro-CT bombeo Chanteiro a 15/20 kV, con una longitud de 1,785 km, con origen en el paso aéreo-subterráneo existente a sustituir en el CT Chanteiro (expediente 21.001), conductor tipo RHZ1-2OL-12/20 kV-3(1×240 Al), y final en celda de línea existente en el CT bombeo Chanteiro (expediente 162/2012), después de realizar entrada y salida en el CT Chanteiro (expediente 21.001) y el CT Chanteiro 2 proyectado.
Línea de media tensión subterránea a CS EDAR Ares-Chanteiro a 15/20 kV, con una longitud de 0,657 km, con origen en celda de línea en el CT Chanteiro 2 proyectado, conductor tipo RHZ1-2OL-12/20 kV-3(1×240 Al), y final en celda de línea en el CS EDAR Ares-Chanteiro a instalar por el cliente.
Adecuación centro de transformación no prefabricado Chanteiro (expediente 21.001), con una potencia de 250 kVA, y una relación de transformación de 15.000/400-230 V.
Centro de transformación prefabricado Chanteiro 2, con una potencia de 250 kVA, y una relación de transformación de 15.000/400-230 V.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
La instalación se ejecutará en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
A Coruña, 19 de junio de 2013
Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña